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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (19/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Sábado 19 de febrero de 2022 El Peruano / Artículo Quinto: ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental y a las demás entidades competentes del Gobierno Regional de Tacna, implementen la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto: DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Séptimo: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, su anexo será publicado en el portal electrónico de la institución, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que la publicación sea efectuada por la Gobernación Regional. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día treinta de noviembre del año dos mil veintiuno. DANY LUZ SALAS RÍOS PresidentaConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 13 DIC. 2021. JUAN TONCONI QUISPE Gobernador Regional 2040353-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban el “Procedimiento del sorteo de asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso público en el Proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022”, y dictan diversas disposiciones DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2022/MM Mira fl ores, 16 de febrero de 2022 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MIRAFLORES:VISTOS, el Informe N° 050-2022-SGC-GAC/MM de fecha 27 de enero de 2022 emitido por la Subgerencia de Comercialización; el Memorándum Nº 042-2022-GAC/MM de fecha 27 de enero de 2022 emitido por la Gerencia de Autorización y Control; el Informe N° 028-2022-GAJ/MM de fecha 11 de febrero de 2022 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 110-2022-GM/MM de fecha 14 de febrero de 2022 emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el numeral 3.6.3 del artículo 79° de la precitada ley, establece que es función especí fi ca exclusiva de las municipalidades distritales autorizar la ubicación de anuncios y avisos publicitarios y de propaganda política y establecer la ubicación de avisos publicitarios y de propaganda política; Que, a través de la Ordenanza N° 451/MM publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 25 de diciembre de 2015, se regula la propaganda electoral en el distrito de Mira fl ores, estableciéndose en los artículos 8° y 9° de la citada ordenanza, las ubicaciones para la instalación de paneles y/o carteles en bienes de uso público, para la difusión de propaganda electoral en el distrito; así como los criterios técnicos mínimos para la ubicación de los mismos, habiéndose determinado en el Anexo I de la norma en mención un total de noventa y cuatro (94) ubicaciones, las mismas que deben ser materia de sorteo público entre los partidos políticos, agrupaciones independientes y alianzas electorales que participen del proceso electoral de Elecciones Regionales y Municipales 2022; Que, la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza N° 451/MM faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, establezca las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la misma; precisando que entre ellas se encuentra la referida al sorteo de las ubicaciones contempladas en el Anexo I de dicha norma, que forma parte de dicho dispositivo municipal; Que, mediante el Decreto Supremo N° 001-2022- PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 04 de enero de 2022, se convocó a Elecciones Regionales el día 02 de octubre de 2022, para la elección de gobernantes, vicegobernantes y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao; así también se convocó a Elecciones Municipales 2022 de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de la República, para el 02 de octubre de 2022; Que, mediante Informe N° 050-2022-SGC-GAC/MM, la Subgerencia de Comercialización presenta la propuesta de decreto de alcaldía que aprueba el “Procedimiento del sorteo de asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso público en el Proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022”, así como la asignación numérica de las ubicaciones permitidas para la instalación de los mismos, precisando que el proyecto contempla las actividades preparatorias para garantizar su transparencia, al igual que el mecanismo propio del sorteo y el registro posterior en las actas de resultados, documento que la Gerencia de Autorización y Control remite mediante Memorándum Nº 042-2022-GAC/MM, manifestando su conformidad con la propuesta en mención; Que, a través del Informe Nº 028-2022-GAJ/MM, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente procedente continuar con el trámite de aprobación mediante decreto de alcaldía del “Proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba el Procedimiento del sorteo de asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso público en las Elecciones Regionales y Municipales 2022”, presentada por la Subgerencia de Comercialización; De acuerdo a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el “Procedimiento del sorteo de asignación de ubicaciones para la difusión de propaganda electoral en bienes de uso público en el Proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022”, de conformidad con las ubicaciones establecidas en el Anexo I de la Ordenanza N° 451/MM. Artículo Segundo.- APROBAR el plano que contiene la distribución y asignación numérica de las ubicaciones