TEXTO PAGINA: 70
70 NORMAS LEGALES Viernes 1 de julio de 2022 El Peruano / locales: Barranquilla y Medellín 2022 – Sobre Seguridad Ciudadana, modelos de innovación, desarrollo urbano, sistema de transporte integrado, transformación social, reactivación y desarrollo de proyectos culturales” que incluye el hospedaje, alimentación y pasaje aéreo en la ruta de Lima – Barranquilla – Medellín – Lima, que partirá desde el 03 de julio al 09 de julio de 2022; Que, mediante el Memorándum Nº 860-2022-MDSL- GPEP de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto concluye que la participación de al evento a participar en la Gira Internacional de Capacitación para Gobiernos locales: Barranquilla y Medellín 2022 – Sobre Seguridad Ciudadana, modelos de innovación, desarrollo urbano, sistema de transporte integrado, transformación social, reactivación y desarrollo de proyectos culturales” que incluye el hospedaje, alimentación y pasaje aéreo en la ruta de Lima – Barranquilla – Medellín – Lima, que partirá desde el 03 de julio al 09 de julio de 2022 no incurriría en un gasto para la entidad; Que, mediante el Informe Legal Nº 285-MDSL-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica quien señala que resulta viable autorizar a participar en la Gira Internacional de Capacitación para Gobiernos locales: Barranquilla y Medellín 2022 – Sobre Seguridad Ciudadana, modelos de innovación, desarrollo urbano, sistema de transporte integrado, transformación social, reactivación y desarrollo de proyectos culturales” que incluye el hospedaje, alimentación y pasaje aéreo en la ruta de Lima – Barranquilla – Medellín – Lima, que partirá desde el 03 de julio al 09 de julio de 2022; asimismo, señala que el viaje al exterior del señor Alcalde no demanda gasto al erario público ni al presupuesto institucional de la municipalidad distrital de San Luis, dado a que el hospedaje, alimentación y pasaje aéreo serán asumidos íntegramente por la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe (ONWARD Internacional) y el Instituto Internacional para el Desarrollo Local de Colombia (IIDEL-Colombia); Que, en la sesión Ordinaria del Concejo de fecha 23 de junio de 2022, el Pleno del Concejo Municipal por aprueba MAYORIA aprueba AUTORIZAR al señor MBA. ZEE CARLOS CORRALES ROMERO-Alcalde de la Municipalidad distrital de San Luis, en Comisión de Servicio, a realizar el viaje al exterior del país, desde el 03 de julio al 09 de julio de 2022, para participar en la Gira Internacional de Capacitación para Gobiernos locales: Barranquilla y Medellín 2022” en el país de Colombia – con el objeto de participar en la Gira Internacional de Capacitación para Gobiernos locales: Barranquilla y Medellín 2022, Sobre Seguridad Ciudadana, modelos de innovación, desarrollo urbano, sistema de transporte integrado, transformación social, reactivación y desarrollo de proyectos culturales”, con el objeto de promover la optimización del transporte urbano, ordenamiento vial y uso del suelo, así como el fortalecimiento de programas culturales, de salud pública, la seguridad ciudadana, proyectos medioambientales y desarrollo económico social. Dicha Autorización quedó plasmada en el Acuerdo de Concejo Nº 0024-2022-MDSL/C; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas de conformidad con lo establecido en el artículo 20, numerales 6, y el artículo 43 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, en cumplimiento de lo dispuesto por el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 0024-2022-MDSL/C, de fecha 23 de junio de 2022, en comisión de viaje, del señor MBA. ZEE CARLOS CORRALES ROMERO-Alcalde de la Municipalidad distrital de San Luis, a realizar el viaje al exterior del país, desde el 03 de julio al 09 de julio de 2022, para participar en la Gira Internacional de Capacitación para Gobiernos locales: Barranquilla y Medellín 2022” en el país de Colombia – con el objeto de participar en la Gira Internacional de Capacitación para Gobiernos locales: Barranquilla y Medellín 2022, Sobre Seguridad Ciudadana, modelos de innovación, desarrollo urbano, sistema de transporte integrado, transformación social, reactivación y desarrollo de proyectos culturales”, con el objeto de promover la optimización del transporte urbano, ordenamiento vial y uso del suelo, así como el fortalecimiento de programas culturales, de salud pública, la seguridad ciudadana, proyectos medioambientales y desarrollo económico social. Artículo Segundo.- PRECISAR que el viaje al exterior del señor Alcalde no demanda gasto al erario público ni al presupuesto institucional de la municipalidad distrital de San Luis, dado a que el hospedaje, alimentación y pasaje aéreo serán asumidos íntegramente por la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe (ONWARD Internacional) y el Instituto Internacional para el Desarrollo Local de Colombia (IIDEL-Colombia). Artículo Tercero.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad distrital de San Luis al primer regidor hábil, señorita EVELYN YULIANNA VALERIANO ALARCÓN, desde el 03 de julio hasta 09 de julio de 2022, durante la ausencia del Titular; en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus Modi fi catorias. Artículo Cuarto.- HACER DE CONOCIMIENTO esta disposición municipal a las instancias administrativas que correspondan, para los fi nes de estricto cumplimiento. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el diario o fi cial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad distrital de San Luis, www.munisanluis.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese.ZEE CARLOS CORRALES ROMERO Alcalde 2081844-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 535-MDSMP, “Ordenanza que aprueba Últimos beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de San Martín de Porres” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2022-MDSMP San Martín de Porres, 20 de junio de 2022EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO:El Informe Nº 105-2022-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 076-2022-SGRTyCD/GAT/MDSMP, de la Sub Gerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, el Informe Nº 321-2022-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 1852-2022-GM/MDSMP, de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305, señala que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos propios de su competencia, concordante con el Artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en el Artículo II, Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos