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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2022 (07/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 106

106 NORMAS LEGALES Jueves 7 de julio de 2022 El Peruano / Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”; Que, el literal l) del numeral 16.1 del Artículo 16° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, respecto a las transferencias fi nancieras permitidas durante el Año Fiscal 2022 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado; Que, complementariamente a lo referido en el párrafo precedente, el numeral 16.2 de la disposición antes indicada, precisa: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web”; Que el artículo 76° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, con O fi cio N°024-2022-MDA-A, de fecha 21 de febrero 2022, el Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Agallpampa, presenta al Gobernador del Gobierno Regional de La Libertad, Ing. Manuel Llempén Coronel, el expediente técnico del proyecto de inversión “AMPLIACION DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACION RURAL, REDES PRIMARIAS 22.9 KVY REDES SECUNDARIAS 440/220, EN EL SECTOR TRIANGULO DEL CASERIO CALIFORNIA, CASERIO NUEVO PROGRESO LA CHIRA, CASERIO PAIGUAL, SECTOR ALTO MOTIL. DISTRITO DE AGALLPAMPA- PROVINCIA DE OTUZCO- DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, con CUI N°2481037 para ser fi nanciado con el presupuesto del presente año; Que, mediante O fi cio N°000897-2022-GRLL-GGR- GREMH, de fecha 03 de mayo 2022, el Ing. Raúl Fausto Araya Neyra, Gerente Regional de Energía Minas e Hidrocarburos, informa al Ing. Luis Rogger Ruiz Díaz, Gerente General Regional, que el Estudio de impacto Ambiental del proyecto: “AMPLIACION DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACION RURAL, REDES PRIMARIAS 22.9 KVY REDES SECUNDARIAS 440/220, EN EL SECTOR TRIANGULO DEL CASERIO CALIFORNIA, CASERIO NUEVO PROGRESO LA CHIRA, CASERIO PAIGUAL, SECTOR ALTO MOTIL. DISTRITO DE AGALLPAMPA- PROVINCIA DE OTUZCO DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, cuenta con todas las autorizaciones necesarias para su ejecución: Cali fi cación como Sistema Eléctrico Rural emitido por la Dirección General de Electricidad- MIENM; Certi fi cado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), emitido por el Ministerio de Cultura; Resolución de aprobación del Punto de Diseño y Factibilidad Eléctrica otorgada por la Empresa concesionaria HIDRANDINA S.A. y Resolución de Aprobación de La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) emitida por la Gerencia Regional de energía, Minas e Hidrocarburos; Que, mediante Informe N° 016-2022-JIDS-SGED- GRLL, de fecha 16 de mayo 2022, el Ing. DELGADO SANTA CRUZ JHONNY IVAN remite su OPINIÓN FAVORABLE a la solicitud de Financiamiento del Proyecto: “AMPLIACION DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACION RURAL, REDES PRIMARIAS 22.9 KV Y REDES SECUNDARIAS 440/220, EN EL SECTOR TRIANGULO DEL CASERIO CALIFORNIA, CASERIO NUEVO PROGRESO LA CHIRA, CASERIO PAIGUAL, SECTOR ALTO MOTIL DEL CASERIO DE MOTIL, DISTRITO DE AGALLPAMPA - PROVINCIA DE OTUZCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” – CIU 2481037, con un presupuesto Total de Inversión de S/4,106,136.64 (Cuatro Millones Ciento Seis Mil Ciento Treinta y Seis con 64/100 Soles; Que, con INFORME N° 021-2022-YBPB, de fecha 18 de mayo 2022, el Econ. Yosimar Becker Polo Blas, Economista de la SGDE, concluye que el proyecto “AMPLIACION DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACION RURAL, REDES PRIMARIAS 22.9 KV Y REDES SECUNDARIAS 440/220, EN EL SECTOR TRIANGULO DEL CASERIO CALIFORNIA, CASERIO NUEVO PROGRESO LA CHIRA, CASERIO PAIGUAL, SECTOR ALTO MOTIL DEL CASERIO DE MOTIL, DISTRITO DE AGALLPAMPA - PROVINCIA DE OTUZCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” – CIU 2481037; CONCLUYE: que el proyecto “AMPLIACION DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACION RURAL, REDES PRIMARIAS 22.9 KV Y REDES SECUNDARIAS 440/220, EN EL SECTOR TRIANGULO DEL CASERIO CALIFORNIA, CASERIO NUEVO PROGRESO LA CHIRA, CASERIO PAIGUAL, SECTOR ALTO MOTIL DEL CASERIO DE MOTIL, DISTRITO DE AGALLPAMPA - PROVINCIA DE OTUZCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” – CIU 2481037, cuenta con formatos 8-A y FORMATO 12-B actualizados, según la solicitud de fi nanciamiento, asimismo no comprende fraccionamiento y es un proyecto con intervención integral, por lo que se emite la CONFORMIDAD; Que, con Informe N°000296-2022-GRLL-GGR-GRI- SGED, de fecha 18 de mayo 2022, el ing. Alejandro Eleazar Ortiz Galarreta Rubio, Sub Gerente de Estudios Defi nitivos, informa al Ing. Miguel Enrique Florián Rodríguez, Gerente Regional de Infraestructura, que la Gerencia Regional de Energía Minas e Hidrocarburos remitió a la Gerencia General Regional su opinión técnica del proyecto “AMPLIACION DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACION RURAL, REDES PRIMARIAS 22.9 KV Y REDES SECUNDARIAS 440/220, EN EL SECTOR TRIANGULO DEL CASERIO CALIFORNIA, CASERIO NUEVO PROGRESO LA CHIRA, CASERIO PAIGUAL, SECTOR ALTO MOTIL DEL CASERIO DE MOTIL, DISTRITO DE AGALLPAMPA - PROVINCIA DE OTUZCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” – CIU 2481037, el cual cuenta con todas las autorizaciones necesarias para su ejecución; Que, mediante OFICIO-001343-2022-GGR-GRI, de fecha 19 de mayo 2022, el Ing. Miguel Enrique Florián Rodríguez, Gerente Regional de Infraestructura, traslada al Ing. Luis Rogger Ruiz Díaz, Gerente General Regional, la OPINIÓN TÉCNICA FAVORABLE a la solicitud de fi nanciamiento del PROYECTO: “AMPLIACION DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACION RURAL, REDES PRIMARIAS 22.9 KV Y REDES SECUNDARIAS 440/220, EN EL SECTOR TRIANGULO DEL CASERIO CALIFORNIA, CASERIO NUEVO PROGRESO LA CHIRA, CASERIO PAIGUAL, SECTOR ALTO MOTIL DEL CASERIO DE MOTIL, DISTRITO DE AGALLPAMPA - PROVINCIA DE OTUZCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” – CIU2481037; Que, con INFORME N°000150-2022-GGR-GRP, de fecha 04 de junio 2022, el Econ. Giovanni Eliot Arias, Gerente Regional de Presupuesto, concluye entre otros, que Existe la disponibilidad presupuestaria y fi nanciera por S/4,071,136.00 “AMPLIACION DEL SISTEMA DE ELECTRIFICACION RURAL, REDES PRIMARIAS 22.9 KV Y REDES SECUNDARIAS 440/220, EN EL SECTOR TRIANGULO DEL CASERIO CALIFORNIA, CASERIO