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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2022 (09/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Sábado 9 de julio de 2022 El Peruano / Armadas y del Sector Defensa. Asimismo, la citada conferencia ofrece un escenario de oportunidades a una respuesta global mediante una colaboración regional a las amenazas fronterizas, así como también se analizará y discutirá las medidas para una colaboración más efectiva en el ciberespacio y el dominio de la información; Que, a través del Dictamen Nº 327-2022/CCFFAA/ OAJ, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas opina que es viable el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia. Adicionalmente, precisa que los gastos de transporte aéreo ida y vuelta, alojamiento y alimentación, serán sufragados por el Comando Sur de los Estados Unidos de América, a excepción del transporte interno, de acuerdo al Oficio Nº U-195-22 de la Jefa Militar y Agregada de Defensa y Naval de los Estados Unidos de América en el Perú; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Jefe de la O fi cina de Administración del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el fi nanciamiento parcial equivalente al veinte por ciento (20%) de viáticos se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de la Unidad Ejecutora 002: del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, conforme a lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000495, emitida por el Jefe de la O fi cina de Planes, Presupuesto y Racionalización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, con Oficio Nº 2350 CCFFAA/OGA/OAI/UAI, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que participará en la Conferencia Sudamericana de Defensa (SOUTHDEC-2022), a realizarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 12 al 15 de julio de 2022; Que, a través del O fi cio N° 01369-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN, en atención al Informe Técnico N° 274-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa; Que, mediante el Informe Legal N° 00998-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que participará en la Conferencia Sudamericana de Defensa (SOUTHDEC-2022), a realizarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que se detalla a continuación, para que participen en la Conferencia Sudamericana de Defensa (SOUTHDEC-2022), a realizarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 12 al 15 de julio de 2022, autorizando su salida del país el 11 de julio y su retorno el 15 de julio de 2022: OFICIALES TITULARES Grado Nombres y Apellidos DNI General de EjércitoManuel Jesús Martín GOMEZ DE LA TORRE ARÁNIBAR29418424 Teniente Coronel EP José Carlos DÁVILA SÁNCHEZ 43432279 OFICIALES SUPLENTES Grado Nombres y Apellidos DNI Teniente General FAPIgor Giotvan Orlando GUZMAN SÁNCHEZ43568034 Comandante FAPChristian Alexander MORA GUTIÉRREZ40058037 TÉCNICO SUPERVISOR TITULAR Grado Nombres y Apellidos DNI Técnico Jefe Supervisor EPJaime Aníbal CACÑAHUARAY CHUMPITAZ43769960 TECNICO SUPERVISOR SUPLENTE Grado Nombres y Apellidos DNI Técnico Supervisor Primero APRaúl Valentín LA ROSA CASTRO 43271403 Artículo 2.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Viáticos: US$ 370.00 X 20% X 3 personas x 4 días US$ 888.00 Total a pagar: US$ 888.00Artículo 3.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- Disponer que copia de la presente Resolución sea remitida a la Institución Armada a la que pertenece el personal militar en comisión de servicio. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2084115-1