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25 NORMAS LEGALES Sábado 9 de julio de 2022 El Peruano / Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma y su Anexo N° 1 en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LISSETH PILAR RAMSDEN RAMOS Directora GeneralDirección General de Presupuesto Público ANEXO N° 1 PROGRAMACIÓN DE COMPROMISOS ANUAL (PCA) CORRESPONDIENTE A LA REVISIÓN DEL SEGUNDO TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2022 (En soles) NIVEL DE GOBIERNO PCA GOBIERNO NACIONAL 129 545 642 904 GOBIERNOS REGIONALES 44 096 250 811 GOBIERNOS LOCALES 40 078 384 130 TOTAL GENERAL 213 720 277 845 2084590-1 ENERGIA Y MINAS Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Piura, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 248-2022-MINEM/DM Lima, 8 de julio de 2022VISTOS: El Informe N° 0580-2022-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe Nº 036-2022/MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 291-2022-MINEM-OGA/OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 0612-2022-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el acápite ii) del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza de manera excepcional la transferencia fi nanciera que realice el Ministerio de Energía y Minas, a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral en las regiones, hasta por la suma de S/ 7 500 000,00 (Siete millones quinientos mil y 00/100 soles); Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora N° 001: Ministerio de Energía y Minas – Central, para el caso de los acápites i), ii), iii) y iv); así también, dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción del convenio entre el Ministerio de Energía y Minas y las entidades involucradas; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial “El Peruano”;Que, en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 31365, el MINEM y el Gobierno Regional de Piura, con fecha 12 de abril de 2022 , suscribieron el Convenio Nº 017-2022-MINEM-DGFM, Convenio de Cooperación para el Fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral, el cual tiene por objeto fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente al citado Gobierno Regional, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en materia de minería del GORE, a fi n de que cuente con recursos económicos que le permitan continuar con el proceso de formalización minera integral; Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 8.1 de la cláusula octava del mencionado Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional, por el monto de S/ 220 000,00 (Doscientos veinte mil y 00/100 soles) para llevar a cabo las actividades y/ o acciones establecidas en el Plan de Trabajo del Gobierno Regional; Que, asimismo, el numeral 8.2 de la cláusula octava del citado Convenio, señala que, la transferencia se efectuará en el primer semestre del año 2022 por el 100% del monto, previa presentación del Plan de Trabajo para el periodo 2022; esta transferencia estará condicionada a la presentación del informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2021; Que, mediante el Informe Nº 036-2022/MINEM-OGPP- OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor del citado Gobierno Regional; Que, a través del Informe N° 0580-2022-MINEM/DGFM, la Dirección General de Formalización Minera, señala que el Gobierno Regional de Piura cumplió con presentar el Plan de Trabajo para el año 2022, que contempla actividades, acciones y adquisiciones de bienes y servicios relacionados con el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, y además, remitió el informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2021, conforme a lo establecido en la Cláusula Octava del Convenio Nº 017-2022-MINEM-DGFM; asimismo, indica que la O fi cina de Presupuesto con fecha 02 de febrero de 2022, aprobó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2022-00314- 001 con cargo a la Meta Nº 0009 y SIAF Nº 0000000308, por el monto de hasta S/ 6 000 000,00 (Seis millones y 00/100 soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe N° 291-2022-MINEM-OGA/OFIN, concluye que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos fi nancieros necesarios hasta por la suma de S/ 220 000,00 (Doscientos veinte mil y 00/100 soles) en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, así como de los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del citado Gobierno Regional, en el marco de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31365, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del Ministerio de Energía y Minas-, hasta por la suma de S/ 220 000,00 (Doscientos veinte mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Piura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de Recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento