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29 NORMAS LEGALES Sábado 9 de julio de 2022 El Peruano / Regional, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en materia de minería del GORE, a fi n de que cuente con recursos económicos que le permitan continuar con el proceso de formalización minera integral; Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 8.1 de la cláusula octava del mencionado Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional, por el monto de S/ 240 000,00 (Doscientos cuarenta mil y 00/100 soles) para llevar a cabo las actividades y/ o acciones establecidas en el Plan de Trabajo del Gobierno Regional; Que, asimismo, el numeral 8.2 de la cláusula octava del citado Convenio, señala que, la transferencia se efectuará en el primer semestre del año 2022 por el 100% del monto, previa presentación del Plan de Trabajo para el periodo 2022; esta transferencia estará condicionada a la presentación del informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2021; Que, mediante el Informe Nº 036-2022/MINEM-OGPP- OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor del citado Gobierno Regional; Que, a través del Informe N° 0625-2022-MINEM/ DGFM, la Dirección General de Formalización Minera, señala que el Gobierno Regional de Huancavelica cumplió con presentar el Plan de Trabajo para el año 2022, que contempla actividades, acciones y adquisiciones de bienes y servicios relacionados con el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, y además, remitió el informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2021, conforme a lo establecido en la Cláusula Octava del Convenio Nº 012-2022-MINEM-DGFM; asimismo, indica que la O fi cina de Presupuesto con fecha 02 de febrero de 2022, aprobó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2022-00314-001 con cargo a la Meta Nº 0009 y SIAF Nº 0000000308, por el monto de hasta S/ 6 000 000,00 (Seis millones y 00/100 soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe N° 311-2022-MINEM-OGA/OFIN, concluye que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos fi nancieros necesarios hasta por la suma de S/ 240 000,00 (Doscientos cuarenta mil y 00/100 soles) en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, así como de los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del citado Gobierno Regional, en el marco de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31365, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del Ministerio de Energía y Minas-, hasta por la suma de S/ 240 000,00 (Doscientos cuarenta mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Huancavelica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de Recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora N° 001 Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 240 000,00 (Doscientos cuarenta mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Huancavelica, para ser destinado exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes : (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 240 000,00 Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles) Pliego 447 : Gobierno Regional de Huancavelica 240 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Sede Central – Región HuancavelicaUnidad Ejecutora SIAF : N° 0799Programa Presupuestal : Nº 0126 Formalización de la pequeña minería y minería artesanalProducto : Nº 3000658 Mineros FormalizadosActividad : Nº 5005598 Implementación y Mantenimiento de la Ventanilla ÚnicaCuenta : Cuenta Única del Tesoro Público – CUTRUC : N° 20486020882 Artículo 3 .- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Huancavelica, respectivamente, correspondiente al año 2022. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2084828-1 Delegan en el/la Viceministro/a de Hidrocarburos, durante el año 2022, la facultad de suscribir, en representación del Ministerio de Energía y Minas, convenios, conforme al ámbito de su competencia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2022-MINEM/DM Lima, 8 de julio de 2022VISTOS: El Memorando Nº 00401-2022/MINEM-SG de la Secretaría General; el Informe Nº 132-2022-MINEM/OGPP-ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 598-2022-MINEM/OGAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros del Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 5 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, señala que corresponde al Ministerio de Energía y Minas diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas;