TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Viernes 15 de julio de 2022 El Peruano / de Cuyes con Sede en la EEA Baños del Inca, en cumplimiento a la misión y objetivos del INIA, orientó los trabajos de investigación en el mejoramiento genético de cuyes (Cavia porcellus), siendo seleccionada en la región Cajamarca, y lograda la formación de la “Línea INKA”, tecnología que permitirá mejorar la efi ciencia productiva y transferir la tecnología para ser adoptada por los productores; y, ii) dado que la nueva línea de cuyes: “Línea INKA”, está sustentada en la presentación óptima del Expediente Técnico, se recomienda continuar con el procedimiento hasta su liberación, la cual deberá ser aprobada a través de la Resolución Jefatural correspondiente; Que, con O fi cio N° 0302-2022-MIDAGRI-INIA-DGIA/ SDPIA de fecha 20 de junio de 2022, la DGIA remite a la Jefatura el expediente que sustenta la liberación de la nueva línea de cuy para su aprobación, señalando lo siguiente: “(…) constituye una alternativa para mejorar la productividad y rentabilidad en la crianza de cuyes del pequeño y mediano productor, por los parámetros productivos de precocidad de la “Línea INKA” que le permite lograr un menor costo de producción, al alcanzar su peso de comercialización entre las ocho y nueve semanas de edad. Asimismo, se adapta a condiciones de altitud de 3 600 m.s.n.m. pudiendo mantener su productividad en las épocas de lluvia y estiaje. Puede ser utilizada en los tres sistemas de producción de cuyes, en el familiar, familiar-comercial y comercial (…)”; Que, mediante Informe N° 0131-2022-MIDAGRI- INIA-GG/OAJ de fecha 21 de junio de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que, al haberse emitido opinión favorable por parte de la DGIA, respecto de la liberación de la nueva línea de cuy desarrollada por el Programa Nacional de Cuyes en la EEA Baños del Inca, corresponde emitir la Resolución Jefatural aprobando su liberación, en virtud a lo dispuesto en los literales e) y h) del artículo 8 del ROF del INIA; Con los vistos de la Gerencia General, la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la O fi cina de Asesoría Jurídica: De conformidad con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI y modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la liberación de la nueva línea de cuy denominada “Línea INKA”, sustentada en el Expediente Técnico que obra adjunto y forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- DISPONER la difusión de la nueva línea de cuy denominada “Línea INKA”, a través de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la Estación Experimental Agraria Baños del Inca. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/inia), en el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE JUAN GANOZA RONCAL Jefe 2086605-1 Aprueban liberación de nueva variedad de caña de azúcar denominada “INIA 805 - PVF 03-115” INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0102-2022-INIA Lima, 14 de julio de 2022VISTO: El O fi cio N° 322-2022-MIDAGRI-INIA-DGIA/ SDPIA, el Memorando N° 353-2022-MIDAGRI-INIA-DGIA/SDPIA y sus antecedentes de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria y el Informe N° 0150-2022-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria, establece el marco jurídico aplicable mediante el cual el Estado, a través del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, promueve el desarrollo de la investigación, el desarrollo tecnológico, la innovación y la transferencia tecnológica en materia agraria con la fi nalidad de impulsar la modernización y la competitividad del sector agrario; Que, con Resolución Jefatural N° 0138-2016-INIA de fecha 20 de julio de 2016, se aprueba la Directiva General N° 002-2016-INIA, “Directiva para la generación y lanzamiento de nuevas variedades o cultivares en el Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA”, la cual tiene como objeto establecer procedimientos técnicos y administrativos, para la generación y lanzamiento de una nueva variedad o cultivar del INIA; Que, mediante Memorandos Nros. 1454-2022-MIDAGRI-INIA-SDPA-DDTA/DG de fecha 06 de mayo de 2022 y 1648-2022-MIDAGRI-INIA-SDPA-DDTA/DG de fecha 18 de mayo de 2022 la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario (DDTA) presenta a la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria (DGIA) el Expediente Técnico de la nueva variedad de caña de azúcar “INIA 805 - PVF 03-115”, desarrollado por el Programa Nacional en Cultivos Regionales en el ámbito de la Estación Experimental Agraria Vista Florida (EEA Vista Florida), solicitando se proceda con los trámites para su inscripción y emisión de la Resolución Jefatural que apruebe la liberación de la referida variedad; Que, por Informe N° 0021-2022-MIDAGRI-INIA- DGIA-SDPIA/AESPA de fecha 08 de julio de 2022, la Subdirección de Promoción de la Innovación Agraria de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria (SDPIA-DGIA), a través del Área de Estudios Socioeconómicos y Prospectiva Agraria (AESPA), considera la viabilidad del componente estadístico del expediente técnico de la nueva variedad de caña de azúcar “INIA 805 - PVF 03-115”, dando conformidad y validación a los resultados a nivel estadístico; Que, por Informe N° 0022-2022-MIDAGRI-INIA- DGIA-SDPIA/AESPA de fecha 08 de julio de 2022, la SDPIA-DGIA, a través del AESPA, otorga su conformidad al análisis económico (indicadores de rentabilidad y rendimiento, análisis de riesgo de rendimiento, de riesgo de costos y de sensibilidad) y los respectivos resultados, señalando que la rentabilidad de la nueva variedad de caña de azúcar “INIA 805 - PVF 03-115” (111.76 %) es superior en 13.27% a la variedad testigo H32-8560 (98.49%); Que, mediante los Informes Nros. 003-2022-MIDAGRI-INIA/DGIA-SDPIA/APIA/ADPGG de fecha 27 de junio de 2022 y 004-2022-MIDAGRI-INIA/DGIA-SDPIA/APIA/ADPGG de fecha 11 de julio de 2022, la SDPIA-DGIA, a través del Área de Gestión de la Propiedad Intelectual en la Innovación Agraria (APIA), informa lo siguiente: (i) que los cultivares de la especie Saccharum officinarum L., no cuentan con Reglamento Específico, por lo tanto no aplica la inscripción en el Registro de Cultivares Comerciales, conducido por la Autoridad en Semillas, de conformidad a lo establecido en el artículo 23 del Reglamento General de la Ley General de Semillas, aprobado por Decreto Supremo N°006-2012-AG; y (ii) con Oficio N° 016-2022-MIDAGRI-INIA/Rep. de fecha 18 de mayo de 2022, el INIA presentó a la solicitud para la inscripción de la nueva variedad de caña de azúcar “INIA 805 - PVF 03-115” en el Registro Nacional de Variedades Vegetales Protegidas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), a la cual se le asignó el Expediente N° 000817-2022/DIN;