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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2022 (15/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Viernes 15 de julio de 2022 El Peruano / DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Jefe de la Sub Unidad de Finanzas de la Unidad de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 219-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 14 de julio de 2022 VISTO: El Memorando N° 1399-2022-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRO RURAL-DE/UGRH de fecha 13 de julio de 2022 de la Jefa (e) de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 035-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, se designa a partir del 02 de febrero de 2022, al señor Luis David Cámara Gonzales, en el cargo de Jefe de la Sub Unidad de Finanzas de la Unidad de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza; Que, de acuerdo al documento del visto, la Jefa (e) de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, informa que de la revisión y evaluación del curriculum vitae descriptivo y anexos a nombre del señor Néstor Saldaña Campos, concluye que cumple con los requisitos mínimos para ocupar el cargo de Jefe de la Sub Unidad de Finanzas de la Unidad de Administración en la Entidad, conforme a lo establecido en la Directiva General DI N° 009-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE (versión 1) aprobada mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 216-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE y en el Clasi fi cador de Cargos de AGRO RURAL aprobado mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 116-2021-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE; Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo precedente se ha visto conveniente expedir el acto administrativo que de por concluida la designación del Jefe de la Sub Unidad de Finanzas de la Unidad de Administración, y se designe a su reemplazante; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI y modi fi catoria; Con las visaciones de la Jefa (e) de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y de la Jefa (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la designación del señor Luis David Cámara Gonzales, en el cargo de Jefe de la Sub Unidad de Finanzas de la Unidad de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR a partir de la fecha, al señor NÉSTOR SALDAÑA CAMPOS, en el cargo de Jefe de la Sub Unidad de Finanzas de la Unidad de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- Encargar a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, realizar las acciones de personal correspondiente.Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIO ENRIQUE RIVERO HERRERA Director Ejecutivo (e) 2086739-1 Aprueban la primera Adenda al Contrato de Acceso a Recursos Genéticos N° 007-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA, que tiene por objeto modificar la vigencia del mencionado contrato, perfeccionado a través de la R.D. N° 0010-2021-INIA-DGIA INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0004-2022-INIA-DGIA Lima, 13 de julio de 2022VISTA: La solicitud s/n de fecha 26 de mayo de 2022 presentada por el representante legal de COSMO INGREDIENTS S.A.C. identi fi cada con Registro Único de Contribuyentes N° 20551986838 y COSMO INTERNATIONAL INGREDIENTS SOCIÉTÉ PAR ACTIONS SIMPLIFIÉE À ASSOCIÉ UNIQUE identi fi cada con Registro Nacional de Comercio y Sociedades 535 056 816 R.C.S.; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece en sus artículos 66 y 68 que los recursos naturales, renovables y no renovables, son Patrimonio de la Nación; y siendo el Estado soberano en su aprovechamiento, establece la obligación del mismo de promover la conservación de la diversidad biológica; Que, el Convenio sobre la Diversidad Biológica y su Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Bene fi cios que se deriven de su utilización; se orientan a la participación justa y equitativa en los bene fi cios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos; Que, el Reglamento de acceso a recursos genéticos establecido mediante Decreto Supremo N° 003-2009-MINAM, dispuso en el literal b) de su artículo 15 que, el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), es la Autoridad de Administración y Ejecución para el acceso a los recursos genéticos y sus derivados contenidos en las especies cultivadas o domésticas continentales; Que, el literal r) del artículo 47 del Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI; establece que la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria, tiene por función dirigir la implementación de las disposiciones técnicas de acceso a los recursos genéticos y sus derivados contenidos en las especies cultivadas o domésticas continentales; Que, con fecha 24 de julio de 2021 se publica en el Diario Ofi cial El Peruano el Decreto Supremo N° 019-2021-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos y sus derivados, el cual señala en su Tercera Disposición Complementaria Transitoria que, las solicitudes de acceso a los recursos genéticos y sus derivados que se encuentren en trámite antes de la entrada en vigencia del mencionado Reglamento, se rigen por el marco normativo con que iniciaron su procedimiento; Que, bajo el marco normativo y procedimiento establecido mediante Decreto Supremo N° 003-2009-MINAM se emitió la Resolución Directoral N°