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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2022 (15/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Viernes 15 de julio de 2022 El Peruano / con los aspectos técnicos y operativos de fi nidos por el mencionado Programa Nacional, pudiendo modi fi carse el listado antes referido. Artículo 3.- El Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES establece los criterios de priorización de centros poblados, por periodos con enfoque multianual, siendo el primer período multianual 2022 al 2024. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 2086689-1 EDUCACION Autorizan Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para financiar las acciones de control concurrente de dos (02) proyectos de inversión a cargo del Programa Nacional de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 291-2022-MINEDU Lima, 11 de julio de 2022CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante Resolución Ministerial N° 522-2021-MINEDU, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 12 324 967 662,00 (DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, entre otros, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, cuyos montos superen los S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autorizan a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, Regional y Local, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias, en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; y que las referidas transferencias se aprueben mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”;Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01, modi fi cada mediante Resolución Directoral N° 007-2022-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de transferencias fi nancieras enmarcadas en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, para el fi nanciamiento del control concurrente de las inversiones; Que, mediante O fi cios Nº 001094-2021-CG/DC, N° 000035-2021-CG/GMPL, N° 000876-2021-CG/SGE y N° 000082-2021-CG/GMPL, la Contraloría General de la República solicita se efectúen las acciones necesarias para garantizar el fi nanciamiento del control concurrente de las inversiones, a través de una Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, conforme a lo establecido en la Ley Nº 31358, para lo cual se han identi fi cado y priorizados un primer y segundo grupo de gastos de inversión que se vienen ejecutando por el Ministerio de Educación bajo las modalidades de Proyectos de Inversión Pública, Asociaciones Público Privadas y/u Obras por Impuestos; y que se detallan en los Anexos adjuntos en los O fi cios Nº 001094-2021-CG/DC y Nº 000876-2021-CG/SGE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 218-2022-MINEDU, se autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, hasta por la suma de S/ 4 146 747,00 (CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para financiar las acciones de control concurrente de once (11) proyectos de inversión a cargo del Ministerio de Educación, así como de los programas y proyecto bajo su ámbito; en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; dentro de los cuales, cinco (5) proyectos de inversión se encuentran a cargo del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED); Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 270-2022-MINEDU, se autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, hasta por la suma de S/ 2 055 580,00 (DOS MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para fi nanciar las acciones de control concurrente de dieciocho (18) proyectos de inversión a cargo del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario del Ministerio de Educación; en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, con O fi cios Nº 002399-2022-MINEDU- VMGI-PRONIED-DE y N° 002700-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE, sustentados en los Informes N° 002794-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-OAJ, N° 000552-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-OPP, N° 002864-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-OAJ y N° 000633-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-OPP, respectivamente, el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), sustenta y solicita una Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para fi nanciar las acciones de control concurrente de los proyectos de inversión con Código Único de Inversión (CUI) N° 2234906 y N° 2319179, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31358; Que, la Unidad de Programación e Inversiones de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, como órgano encargado de cumplir las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, mediante Informe Nº 00343-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPI, emite opinión favorable señalando que ha veri fi cado en el Aplicativo del Banco de Inversiones que los proyectos de inversión forman parte de la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Educación; adicionalmente veri fi ca que en el Formato 08-A, se