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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2022 (15/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Viernes 15 de julio de 2022 El Peruano / permanente, manteniendo la conciencia situacional de las amenazas emergentes, así como el control y supervisión de las operaciones, garantizando la aplicación de políticas, estrategias, métodos y procedimientos que guíen y orienten las acciones destinadas al cumplimiento de la misión de la Fuerza Aérea del Perú, contribuyendo de esta manera con el desarrollo de la Investigación Académica y Cientí fi co Tecnológica en el Ámbito Aeroespacial y con la Seguridad y Defensa Nacional; Que, el acotado documento indica que los costos para asistir al Intercambio de Especialistas en Space Situational Awarness (SSA) del 20 al 23 de julio de 2022, serán asumidos por el Gobierno de los Estados Unidos de América, incluyendo pasaje aéreo, alojamiento, alimentos y transporte interno. Asimismo, agrega que de ser el mismo personal que participe en el Ejercicio GLOBAL SENTINEL 22 (GS22) del 25 de julio al 3 de agosto de 2022, el Gobierno de los Estados Unidos de América asumirá los pasajes de retorno al Perú, a excepción del alojamiento y alimentación que deberán ser asumidos por la Fuerza Aérea del Perú, de acuerdo al O fi cio Nº 0178/MAAG/AFSEC del Jefe Accidental del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América; por lo que, el Comandante FAP Fidel Ernesto CASTRO HERRERA y el Mayor FAP Reinaldo MORALES BARRERA, precisan que, habiendo sido designados para participar en las mencionadas actividades, asumirán los todos los gastos que incurran por nueve (9) días, debido a que la Fuerza Aérea del Perú solo puede cubrir dos (2) días de comisión, como consta en las Declaraciones Juradas de fecha 6 de julio de 2022, respectivamente; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 0054 DGVC-ME/SIAF-SP suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000004, emitida por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en las referidas actividades, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Extra FAP Nº 000875-2022-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que participará en el Intercambio de Especialistas en Space Situational Awareness (SSA) y en el Ejercicio GLOBAL SENTINEL 22 (GS22), a realizarse en la Base de la Fuerza Espacial Vanderberg, en el Condado de Santa Bárbara, Estado de California, Estados Unidos de América, del 20 de julio al 3 de agosto de 2022; así como, autorizar su salida del país el 19 de julio y su retorno el 4 de agosto de 2022; Que, a través del O fi cio N° 01618-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 329-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 01086-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante FAP Fidel Ernesto CASTRO HERRERA y del Mayor FAP Reinaldo MORALES BARRERA, para que participen en el Intercambio de Especialistas en Space Situational Awareness (SSA) y en el Ejercicio GLOBAL SENTINEL 22 (GS22), a realizarse en la Base de la Fuerza Espacial Vanderberg, en el Condado de Santa Bárbara, Estado de California, Estados Unidos de América, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en el Intercambio de Especialistas en Space Situational Awareness (SSA) y en el Ejercicio GLOBAL SENTINEL 22 (GS22), a realizarse en la Base de la Fuerza Espacial Vanderberg, en el Condado de Santa Bárbara, Estado de California, Estados Unidos de América, del 20 de julio al 3 de agosto de 2022; así como, autorizar su salida del país el 19 de julio y su retorno el 4 de agosto de 2022: Comandante FAP Fidel Ernesto CASTRO HERRERA NSA: O-9657996 DNI: 10558101Mayor FAP Reinaldo MORALES BARRERANSA: O-9725002 DNI: 43703461 Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Viáticos: US$ 440.00 x 2 días x 2 personas US$ 1,760.00 Total a pagar: US$ 1,760.00 Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de personal autorizado. Artículo 4.- El personal autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2086432-1