TEXTO PAGINA: 19
19 NORMAS LEGALES Domingo 17 de julio de 2022 El Peruano / A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 81 451 380,00 ============ TOTAL EGRESOS 81 451 380,00 ============ 1.2 Los montos de la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo se detallan en el Anexo 1 “Transferencia de Partidas del Ministerio del Interior a favor de la Reserva de Contingencia”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Autorización de Transferencia de Partidas a favor del Ministerio del Interior 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 65 569 971,00 (SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior, para fi nanciar los conceptos de combustible y embalaje y almacenaje para la fl ota vehicular de la PNP, alimentos para estudiantes de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial y los planes operativos contra la Minería Ilegal, en el marco de lo dispuesto en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 65 569 971,00 ============ TOTAL EGRESOS 65 569 971,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del InteriorFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 65 569 971,00 ============ TOTAL EGRESOS 65 569 971,00 ============ 2.2 Los montos de la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 2.1 del presente artículo se detallan en el Anexo 2 “Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia a favor del Ministerio del Interior”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3. Procedimiento para la aprobación institucional 3.1 El Titular del Pliego habilitador en la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del artículo 1, así como el Titular del Pliego habilitado en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 2 aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 y el numeral 2.1 del artículo 2 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 3.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para la Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hacen referencia el numeral 1.1 del artículo 1 y el numeral 2.1 del artículo 2 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de julio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2087229-5 INTERIOR Reasignan en el cargo a Oficiales Generales de Armas de la Policía Nacional del Perú, por necesidad del servicio y sin costo para el Estado RESOLUCIÓN SUPREMA N° 117-2022-IN Lima, 16 de julio de 2022VISTO, el Informe N° 195-2022-DIRREHUM-PNP/ DIVMOREHUM-DEPOFI de fecha 14 de julio de 2022, de la División de Movimiento de Recursos Humanos de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú. CONSIDERANDO:Que, el artículo 167° de la Constitución Política del Perú, establece que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de la Policía Nacional;