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70 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de julio de 2022 El Peruano / 2. Resoluciones para la atención de solicitudes de devolución Unidad de organización Monto S/ (*) DOFP Gerencia de Fiscalización II > 10,000.00 Art. 236° inciso b) División de No Contenciosos ≤ 10,000.00 Art. 524° inciso b) (*) Para efectos del término “monto” se entenderá al importe solicitado. 3. Otras resoluciones, actos administrativos, comunicaciones y demás documentos elaborados y/o proyectados por la División de Auditoría III de la Gerencia de Fiscalización I y la División de No Contenciosos de la Gerencia de Fiscalización II de la Intendencia Lima Unidad de organización Monto S/ (*) DOFP Gerencia de Fiscalización I > 300,000.00 Art. 234° inciso b)División de Auditoría III ≤ 300,000.00 Art. 512° inciso g) Gerencia de Fiscalización II > 10,000.00 Art. 236° inciso b) División de No Contenciosos ≤ 10,000.00 Art. 524° inciso b) (*) Para efectos del término “monto” se entenderá al importe contenido en las resoluciones, actos administrativos, comunicaciones y demás documentos, cuando corresponda. Tratándose de otras resoluciones, actos administrativos, comunicaciones y demás documentos proyectados y/o elaborados por las Divisiones de Auditoría I, II y IV de la Gerencia de Fiscalización I, y por las Divisiones de Control Masivo I y II y la División de Acciones Inductivas de la Gerencia de Fiscalización II, de la Intendencia Lima, corresponderá que sean emitidas por sus respectivas Gerencias de Fiscalización, en todos los casos. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la Sede Digital de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT (www.gob.pe/sunat). DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de agosto de 2022. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional 2089869-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL Designan Asesor II de Superintendencia de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 373-2022-SUNAFIL Lima, 26 de julio de 2022 VISTOS: El Memorándum Nº 216-2022-SUNAFIL/SP, de Superintendencia; el Informe Nº 682-2022-SUNAFIL/GG/ ORH, de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe Nº 506-2022-SUNAFIL/GG-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; documentos de fecha 25 de julio de 2022, y demás antecedentes; y,CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el artículo 12 y el literal f) del artículo 13 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2022-TR, dispone que la Superintendencia es el órgano de Alta Dirección que ejerce la conducción general de los órganos y unidades orgánicas de la entidad y está a cargo del Superintendente que es la máxima autoridad ejecutiva de la SUNAFIL y el titular del Pliego Presupuestal, y la Superintendencia tiene por función designar y remover a los directivos y/o servidores de confi anza de la SUNAFIL; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial Nº 121-2022-TR, el puesto de Asesor II de Superintendencia tiene la clasi fi cación de empleado de confi anza; Que, mediante el documento de vistos, la Superintendencia solicita a la O fi cina de Recursos Humanos realizar las acciones necesarias para la designación de la señora Lila Miluska Viza Condori en el puesto de Asesor II de Superintendencia de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, a partir del 27 de julio de 2022; Que, a través del Informe Nº 682-2022-SUNAFIL/GG/ ORH, la O fi cina de Recursos Humanos emite opinión técnica favorable para designar, a partir del 27 de julio de 2022, a la señora Lila Miluska Viza Condori en el puesto de Asesor II de Superintendencia de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, habiendo veri fi cado el cumplimiento de los requisitos previstos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la SUNAFIL, aprobado mediante la Resolución de Gerencia General Nº 080-2022-SUNAFIL-GG; Que, mediante el Informe Nº 506-2022-SUNAFIL/GG- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica expresa opinión legal sobre la acción de personal solicitada por la Superintendencia, en función a la opinión técnica emitida por la O fi cina de Recursos Humanos en el marco de sus funciones; lo cual hace viable la emisión de la presente resolución; Con el visado del Gerente General, del Jefe (e) de la Ofi cina de Recursos Humanos, y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2022-TR y por la Resolución de Superintendencia Nº 284-2022-SUNAFIL; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, a partir del 27 de julio de 2022, a la señora LILA MILUSKA VIZA CONDORI, en el puesto de Asesor II de Superintendencia de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, puesto considerado de con fi anza. Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución a la persona mencionada en el artículo precedente, así como a la O fi cina de Recursos Humanos, para las acciones correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL (www.gob.pe/suna fi l). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR JOSE LOYOLA DESPOSORIO Superintendente 2090342-1