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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (03/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Viernes 3 de junio de 2022 El Peruano / Las entidades involucradas en la Política Nacional del Pueblo Afroperuano al 2030 adecúan progresivamente sus instrumentos de planeamiento a lo establecido en dicha política nacional, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.4 del artículo 11 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM y modi fi catorias. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los dos días del mes de junio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ALEJANDRO SALAS ZEGARRA Ministro de Cultura JAVIER FERNANDO ARCE ALVARADO Ministro de Desarrollo Agrario y Riego DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación FÉLIX I. CHERO MEDINA Ministro de Justicia y Derechos Humanos DIANA MILOSLAVICH TUPAC Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud JUAN RAMÓN LIRA LOAYZA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo JUAN MAURO BARRANZUELA QUIROGA Ministro de Transportes y Comunicaciones POLÍTICA NACIONAL DEL PUEBLO AFROPERUANO AL 2030 Mayo, 2022 RESUMEN EJECUTIVO 1. PRESENTACIÓN El pueblo afroperuano forma parte indispensable de la sociedad peruana. Actualmente, es el segundo pueblo más grande en el país y está conformado por más de 800 mil personas a nivel nacional, quienes se ubican a lo largo de todo el Perú. Además, el pueblo afroperuano conserva costumbres, saberes y prácticas, pero sobre todo ha brindado aportes invaluables a la construcción de la nación peruana. Sin embargo, pese a la presencia y los aportes del pueblo afroperuano al país, este colectivo afronta diversas formas de discriminación étnico-racial. Estas permanentes prácticas han sido derivadas del racismo, entendido como una ideología que justi fi có la trata esclavista en la colonia e inicios de la república, para así esclavizar a millones de africanos/as junto a su descendencia en las Américas. Además, estas prácticas se fueron normalizando al pasar del tiempo y se instalaron tanto en la forma de pensar de las personas, así como en las instituciones propias a la conformación de los Estados, ocasionando que, en consecuencia, se profundicen y justi fi quen las distintas formas de desigualdad y exclusión, que fueron conformadas y con fi guradas durante siglos. De esta manera, el pueblo afroperuano actualmente afronta severas limitaciones para ejercer sus derechos. En respuesta a esta situación, en los últimos años el Estado peruano ha realizado una serie de esfuerzos para mitigar los problemas que afronta el pueblo afroperuano. Así, mediante el Decreto Supremo Nº 004- 2015-MC, se declaró de interés nacional la atención prioritaria respecto del pleno disfrute de los derechos fundamentales de la población afroperuana, que tuvo por objetivo fortalecer las medidas de desarrollo e inclusión social establecidas en el país durante el periodo comprendido como el Decenio Internacional de los Afrodescendientes (2015-2024) proclamado por la Organización de las Naciones Unidas. De esta manera, se aprobó, mediante Decreto Supremo Nº 003-2016-MC, el primer instrumento de atención especí fi ca a este colectivo en el país, denominado Plan Nacional de Desarrollo para la Población Afroperuana, pero que concluyó su implementación durante el 2020 dejando una serie de desafíos pendientes, entre los que se encuentra iniciar el proceso de reconocimiento territorial colectivo del pueblo afroperuano en el ámbito normativo nacional. En ese contexto, el Ministerio de Cultura inició el proceso de construcción de la Política Nacional para el Pueblo Afroperuano (PNPA) que aborda los derechos económicos, sociales, culturales, así como los civiles y políticos de este colectivo. Esta política ha sido formulada de acuerdo a la metodología establecida en la Guía de Políticas Nacionales del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) y ha sido el resultado de un proceso participativo y deliberativo que contó con la activa participación de las organizaciones representativas del pueblo afroperuano a nivel nacional, permitiendo así que los elementos constitutivos de la política sean pertinentes y coherentes tanto al interior del propio Estado como con la sociedad civil. Del mismo modo, esta política ha sido trabajada junto a los equipos técnicos de los Ministerios que refrendan el instrumento, involucrando así a las entidades públicas desde la construcción del diagnóstico y elaboración de objetivos, hasta la identi fi cación de los lineamientos y servicios. En suma, la política es una consecuencia de una serie de esfuerzos colectivos que han colocado como centro del actuar público al pueblo afroperuano. Finalmente, cabe destacar que, mediante la aprobación de esta política, el Ministerio de Cultura, junto a las entidades que garantizarán su implementación, a fi rma su compromiso por mejorar la calidad de vida del pueblo afroperuano. 2. BASE LEGAL 2.1. Referentes normativos nacionalesLa PNPA se sustenta en la Constitución Política del Perú de 1993 que establece en su Artículo 2º y numeral 2 la igualdad ante la ley, precisando que nadie debe ser discriminado por motivo de raza o de cualquiera otra índole. Así también, el numeral 19 del mismo Artículo afi rma que toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural y que el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación. Asimismo, la PNPA se enmarca en las siguientes normas referidas a los derechos del pueblo afroperuano: - Constitución Política del Perú. - Ley Nº 26842, Ley General de Salud.- Ley Nº 29565, Ley que crea el Ministerio de Cultura y su modi fi catoria. - Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.- Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.- Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación. - Ley Nº 27270, Ley Contra Actos de Discriminación.- Ley Nº 31049, Ley que declara el 25 de julio de cada año Día Nacional de la Mujer Afroperuana. - Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres. - Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. - Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.