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23 NORMAS LEGALES Viernes 3 de junio de 2022 El Peruano / 6. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN El seguimiento y la evaluación de la PNPA al 2030 se llevarán a cabo por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) del Ministerio de Cultura, o fi cina encargada del planeamiento estratégico sectorial del Ministerio, en articulación con la Dirección de Políticas para la Población Afroperuana. Cabe resaltar que, en el marco de la implementación de sus Políticas Nacionales, el Ministerio de Cultura implementará un sistema de seguimiento y evaluación de políticas. Este consiste en un sistema de información consistente, oportuno y de calidad que recoja información de todos los niveles de la cadena de valor de los resultados de las Políticas Nacionales; de un modelo de control de gestión permanente, sistémico y continuo que genere alertas sobre el avance en el cumplimiento de las metas y objetivos; de la evaluación de los impactos de las intervenciones de la Política, y de la incorporación y seguimiento de las recomendaciones derivadas del seguimiento y evaluación, para una mejora continua. 6.1. SeguimientoEl Viceministerio de Interculturalidad realiza el proceso de seguimiento de la PNPA de acuerdo con las pautas metodológicas establecidas en la Guía de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Nacionales (proceso, estructura de reporte, pautas, cronograma), para que posteriormente la misma sea remitida a la OGPP en su versión fi nal para su registro y/o veri fi cación de la información en el Aplicativo CEPLAN v.01. Este proceso se cumple cuando la OGPP realiza la emisión del Reporte de Seguimiento del Aplicativo CEPLAN v.01 de acuerdo con la información remitida, asegura su publicación en el Portal de Transparencia Estándar (PTE) del Ministerio de Cultura y remite el reporte a los titulares de los ministerios intervinientes en la Política. Cabe destacar que, durante la formulación de la Política Nacional, se afrontaron limitaciones para calcular la línea de base de treinta (29) indicadores, pero que, a pesar de esa limitación, cuentan con la de fi nición de logros esperados al 2030. Adicionalmente a ello, tres (03) indicadores no disponen líneas de base ni logros esperados al 2030, que involucran a dos (02) servicios especí fi cos, de modo que este cálculo será desarrollado durante el año 2023, en el marco del proceso de generación de datos e implementación de la Política Nacional. 6.2. EvaluaciónConforme a la “Guía para el seguimiento y evaluación” (CEPLAN, 2021), la PNPA al 2030 será evaluada en cuanto su implementación y resultados a través de las siguientes evaluaciones: a) Evaluaciones de implementación:Consiste en el análisis del cumplimiento de las acciones estratégicas y servicios mediante las intervenciones que implementan los actores que operan en el territorio. El objetivo de esta evaluación es conocer si las intervenciones se están implementando según lo plani fi cado, y en base a ello, proponer cambios de estrategia en el corto plazo (CEPLAN, 2021). La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, conduce la evaluación de implementación y elabora el informe respectivo, en coordinación con la Dirección de Políticas para la Población Afroperuana, y en base a las coordinaciones realizadas con las entidades públicas implicadas en la implementación de la PNPA. La PNPA plantea fortalecer algunos servicios ya existentes, ampliar su cobertura y cumplir con determinados estándares de calidad y también, implementar nuevos servicios que contribuyan a abordar el problema público identi fi cado. En ese marco, de acuerdo con las modi fi catorias realizadas al Reglamento de Políticas Nacionales, se exige que los sectores construyan indicadores de producto y de calidad de los servicios establecidos, detallando, entre otros aspectos, el valor actual y los logros esperados de cada indicador establecido. No obstante, dada la naturaleza de los servicios que se pueden proponer en una Política Nacional, no es posible establecer dichos valores en todos los escenarios, ya que como se señala anteriormente, la política no incluye solo servicios existentes, sino mejoras y nuevas intervenciones. En ese sentido, los servicios que no cuenten con valor actual y/o logros esperados en sus indicadores, serán evaluados de manera cuantitativa, cuando se implementen los instrumentos necesarios para su medición en el 2022. De manera que se tendrá como acción prioritaria del primer año de implementación, la disposición de la fuente de información y bases de datos que garantice medir la ejecución de los servicios que se proponen brindar. b) Evaluación de resultados:Consiste en el análisis de logro de los objetivos prioritarios, contrastando lo implementado con los resultados obtenidos; con el fi n de determinar los factores que in fl uyeron en la e fi cacia y e fi ciencia de la PNPA (CEPLAN, 2021). c) Reporte de cumplimiento:De acuerdo con el artículo 25 del Decreto Supremo Nº029-2018- PCM, se presenta un reporte anual de cumplimiento hacia el 30 de abril de cada año que incluye la evaluación de implementación y de resultados descritas anteriormente. Por otro lado, los resultados de los próximos Censos de Población y Vivienda podrían motivar la actualización de la PNPA, previo informe que lo sustente. 1 Constitución Política del Perú Art.º 2 inciso 19. 2 Defensoría del Pueblo. Actuación del Estado frente a la Discriminación. Casos conocidos por la Defensoría del Pueblo, 2010. Inf. 005-2009-DP/ADHPD. 3 Resolución 69/16 de la Asamblea de la Organización de las Naciones Unidas. Programa de actividades del Decenio Internacional para los Afrodescendientes. 4 Fraser, N. Escalas de la justicia. Barcelona: Herder, 2008, p. 42. 5 El GTPA es un espacio institucionalizado de diálogo y articulación entre el Estado y la sociedad civil afroperuana. Fue creado con Resolución Ministerial Nº476-2016-MC y cuenta con representantes de las organizaciones afroperuanas de Piura, Lambayeque, Lima, Callao, Ica y Arequipa. Sus integrantes brindan propuestas y realizan actividades de seguimiento y evaluación de las políticas públicas y planes de desarrollo que involucran al pueblo afroperuano a nivel sectorial, regional y local. Vale recalcar, que los miembros del GTPA son elegidos cada dos años por los integrantes de las organizaciones inscritas en el Registro de Organizaciones Afroperuanas Representativas – ROA (Resolución Viceministerial Nº025-2016-VMI-MC). 6 Para tal fi n se llevaron a cabo talleres y mesas con los integrantes del GTPA y ROA y el Ministerio de Cultura. Dichas actividades fueron realizadas de acuerdo con el siguiente detalle: el 20 y 27 de marzo de 2021 para las reuniones informativas y el 09, 10, 16 y 17 de abril de 2021 para los talleres participativos. 7 El Ministerio de Cultura es el responsable de la implementación del objetivo prioritario, así como del seguimiento de su indicador. Además, las instituciones que intervienen en la implementación de los lineamientos son el Ministerio de Cultura, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Educación, el Instituto Peruano de Radio y Televisión del Perú, los Gobiernos Regionales y Locales y otras entidades en el marco de sus competencias, funciones y/o atribuciones señaladas por Ley. 8 Además de considerar el servicio señalado en este Lineamiento, el mismo se implementará a través de normas, estrategias de acompañamiento pedagógico, comunicacionales, entre otras medidas. 9 Según la LOF del MIDIS (Ley Nº 29792) inclusión social se re fi ere a la incorporación social, económica, política y cultural a la comunidad nacional de grupos sociales excluidos y vulnerables, con plenos derechos y acceso a los mercados. Además, el MIDIS de fi ne “inclusión social” como la situación en la que todas las personas puedan ejercer sus derechos, aprovechar sus habilidades y tomar ventaja de las oportunidades que se encuentran en su medio. Fuente: Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social. Incluir para Crecer.