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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (18/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Sábado 18 de junio de 2022 El Peruano / 15.3. Presupuesto Institucional aprobado al momento de la constitución; que determina el monto de las transferencias fi nancieras que realizan los gobiernos regionales que la conforman, en el ejercicio fi scal correspondiente. 15.4. Estatuto aprobado al momento de la constitución; el cual debe contener la siguiente información: a) Denominación, que debe iniciarse con la expresión “Mancomunidad Regional”, y, de ser el caso, su abreviatura. b) Domicilio.c) Alcance territorial, de fi nido en base a los departamentos que corresponden a los gobiernos regionales que integran la mancomunidad. d) Órganos directivos, de administración y consultivo, y sus funciones. e) Recursos, obligaciones y compromisos, que son los aportes comprometidos y necesarios para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad. f) Plazo de duración, que puede ser de duración determinada o indeterminada. g) Disposiciones para garantizar la participación ciudadana en la gestión de la mancomunidad. h) Los mecanismos y procedimientos para resolver las controversias. i) Reglas para la adhesión y la separación de gobiernos regionales. j) Procedimiento de modi fi cación del Estatuto. k) Reglas para la disolución, la forma de liquidación y, por consiguiente, la disposición de su patrimonio. l) Regulación de las sesiones y acuerdos de la Asamblea de la Mancomunidad y del Comité Ejecutivo Mancomunal. m) Otras condiciones que sean necesarias que garanticen su funcionamiento y cumplimiento de sus objetivos. El Estatuto aprobado no requiere ser elevado a Escritura Pública, en tanto el Acta de Constitución que lo aprueba y las Ordenanzas que rati fi can su contenido le otorgan la condición de instrumento público. El Estatuto y sus modi fi caciones se aprueban por el Comité Ejecutivo y se rati fi can mediante acuerdo de la Asamblea de la mancomunidad. 15.5. Acta de Creación, suscrita por los gobernadores de los gobiernos regionales que integran la mancomunidad, que expresa los siguientes acuerdos: a) Constituir la mancomunidad.b) Establecer su objeto y la delegación de las competencias y funciones a la mancomunidad. El objeto es la descripción de los servicios públicos y la tipología de inversiones que se encargan su gestión a la mancomunidad. c) Aprobar el Estatuto.d) Aprobar el Plan Operativo Institucional.e) Aprobar el Presupuesto Institucional.f) Elegir al primer presidente del Comité Ejecutivog) Designar al primer Director Ejecutivo.15.6. Ordenanza Regional de cada gobierno regional interviniente, que aprueba la constitución de la mancomunidad y que rati fi ca el contenido del Acta de Creación; incluye el objeto y la delegación de las competencias y funciones a la mancomunidad. Los gobiernos regionales integrantes de la mancomunidad publican en el Diario O fi cial El Peruano las respectivas ordenanzas regionales y posteriormente se publica el Acta de Creación. Esta Ordenanza Regional se aprueba en sesión ordinaria de cada consejo regional. 15.7. Acuerdo de Consejo de cada gobierno regional interviniente, emitido en forma previa a la publicación del acta de creación, que aprueba la transferencia fi nanciera a la mancomunidad. Estas transferencias fi nancieras son los aportes que contribuyen a formar el presupuesto inicial de la mancomunidad en el periodo fi scal. 15.8. Publicación del Acta de Creación en el Diario Ofi cial El Peruano. Dicho acto otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad”. “Artículo 30. Asiento Registral (…)30.2. AutorizaciónEl asiento de inscripción es autorizado por el (la) Subsecretario(a) de la Subsecretaría de Fortalecimiento de la Gestión Descentralizada de la Secretaría de Descentralización. (…)” “Artículo 31. Formalidad (…)31.2 AutorizaciónLos actos distintos a los descritos en el numeral anterior se inscriben únicamente con la autorización del (la) Subsecretario(a) de la Subsecretaría de Fortalecimiento de la Gestión Descentralizada de la Secretaría de Descentralización. (…)” “Artículo 34. Asistencia técnica La Secretaría de Descentralización, a través de la Subsecretaría de Fortalecimiento de la Gestión Descentralizada, brinda asistencia técnica a las mancomunidades inscritas en el Registro, para la adecuación de su constitución y funcionamiento, de conformidad a la Ley, al Reglamento y al Reglamento de Registro.” Artículo 2.- Modi fi car el anexo N° 2 del Reglamento de Registro de Mancomunidades Regionales Modifíquese el Anexo N° 2 “Contenido del Plan de Integración” del Reglamento de Registro de Mancomunidades Regionales, que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como de su Anexo en sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm). Artículo 4.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI ALEJANDRO CHESSMAN OLAECHEA Secretario de Descentralización 2078759-1 AMBIENTE Autorizan viaje de representante del IGP para participar en evento a realizarse en EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 140-2022-MINAM Lima, 17 de junio de 2022 VISTOS; el O fi cio N° 00265-2022-IGP/PE, de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Geofísico del Perú–IGP; el Memorando N° 00364-2022-MINAM/SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se adscribe el Instituto Geofísico del Perú – IGP, como organismo público ejecutor, al Ministerio del Ambiente; Que, mediante Contrato 075-2021-FONDECYT se autorizó el proyecto “Estudio de climatología y pronóstico de vientos en la mesosfera y baja termósfera sobre la costa central y norte del Perú”, cuyo objetivo central es generar nuevo conocimiento cientí fi co en Ciencia y Tecnología, a través de trabajos experimentales teóricos que se emprenden principalmente para explicar los fundamentos