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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (18/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Sábado 18 de junio de 2022 El Peruano / establece que el citado Programa Nacional tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, y que, dentro del primer año de dicho plazo, el Ministerio de Economía y Finanzas realiza una evaluación de diseño e implementación, cuyos resultados servirán para implementar mejoras y rediseño de productos del programa presupuestal; asimismo, señala que, el Ministerio de Economía y Finanzas desarrolla las evaluaciones de impacto que se requieran, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Decreto Supremo N° 164-2021- PCM, se aprueba la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026, la cual, se desarrolla sobre ejes que se encuentran interrelacionados y que guardan consistencia con el marco de políticas y planes del país. Estos ejes cuentan con lineamientos y líneas de intervención que orientan las acciones de las distintas entidades públicas para el alcance de los objetivos; entre ellos, el Eje 1 Generación de Bienestar y protección social con seguridad alimentaria, que plantea la línea de intervención: 1.6 Promover la seguridad alimentaria para combatir el hambre y la desnutrición, con la acción: 1.6.1 Impulsar los programas de compras estatales con énfasis en la producción agrícola, ganadera e hidrobiológica nacional para combatir el hambre y la desnutrición, con lo cual, el gobierno tiene como prioridad superar las mayores brechas identi fi cadas en el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de las personas, así como en los servicios elementales; Que, según Acta de Sesión del Consejo de Ministros de fecha 19 de enero del 2022, se precisa que resulta conveniente proponer mecanismos que permitan impulsar las compras a favor de los productores y agricultores familiares del país, en los procesos de compras que desarrolla el Programa Nacional de Alimentario Escolar Qali Warma; Que, al respecto, mediante Memorando N° D000025- 2022-MIDIS-DGCGPS, la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales, remite a la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, el Informe “Análisis del proceso de compras del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (PNAEQW) basado en evidencia”, elaborado a partir de información estadística, así como, evidencia referida a los hallazgos y conclusiones de las evaluaciones realizadas del 2013 al 2019 al Programa Nacional en mención; del cual se concluye que, no se evidencia una tendencia creciente en la proporción del volumen total de compras de origen regional/macro regional en el tiempo, a su vez, señala que, existe preferencia y demanda de alimentos de origen local por parte de los miembros del Comité de Alimentación Escolar (CAE) y de los padres de familia, los que son asociados a alimentos saludables y ecológicos. Finalmente, se hace mención a la necesidad reforzar espacios de coordinación con el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI para obtener información sobre productos que potencialmente pueden ser proveídos en regiones; y, con el Ministerio de la Producción - PRODUCE orientada a desarrollar proveedores locales, formales y sostenibles en el tiempo; Que, mediante los Informes N° D000054-2022- MIDIS-DGDAPS, N° D000168-2022-MIDIS-DGDAPS y N° D000272-2022-MIDIS-DGDAPS, la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales del Viceministerio de Prestaciones Sociales, en el marco de sus competencias y funciones establecidas en los artículos 88 y 89 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, ha indicado la relevancia y pertinencia de la creación de un Grupo de Trabajo de carácter temporal encargado de identi fi car y proponer mecanismos que permitan impulsar las compras que realiza el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a los productores y agricultores familiares del país, en línea con lo opinado por las direcciones técnicas consultadas de la entidad; Que, mediante Informe Nº D000027-2022-MIDIS- DGPE, la Dirección General de Políticas y Estrategias del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social, en el marco de sus competencias y funciones establecidas en los artículos 67 y 68 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hace de conocimiento a la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, el Informe sobre el “Análisis del proceso de compras del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, basado en evidencia”, realizado por la Dirección de Modelamiento y Promoción Multisectorial de Políticas (DMPP), el cual concluye que, encuentra pertinente la conformación del Grupo de Trabajo propuesto, en tanto se enmarca en las funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para asegurar una mejora en las intervenciones que brindan asistencia alimentaria a la población más vulnerable de zonas urbanas y rurales, en este caso, a niñas y niños en edad escolar; Que, mediante Informe Nº D000012-2022-MIDIS- DGSE, la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social, en el marco de sus competencias y funciones establecidas en los artículos 81 y 82 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, emite opinión favorable respecto a la conformación del Grupo de Trabajo propuesto, en tanto señala que, permitirá impulsar las compras públicas a favor de los agricultores familiares del país, salvaguardando la inocuidad de los productos y la calidad de la atención alimentaria que brinda el Programa Nacional de Alimentación Escalar Qali Warma; Que, el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM modi fi cado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Supremo Nº 097-2021-PCM, establece que los Grupos de Trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos, cuyas conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros; asimismo, pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del Ministerio que la preside. Los Grupos de Trabajo de naturaleza temporal se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su periodo de vigencia y se formaliza mediante comunicación a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Informe N° D000092-2022-MIDIS- OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° D000054-2022-MIDIS-OM, emitido por la O fi cina de Modernización, a través del cual, la citada Dirección General emite opinión técnica favorable a la propuesta de creación del “Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de proponer mejoras al proceso de compras del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (PNAEQW)”; Que, en virtud de los documentos de Vistos, corresponde la emisión del dispositivo legal que conforme el “Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de proponer mejoras al proceso de compras del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (PNAEQW)”, propuesto por la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; Con los visados de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales, la Dirección General de Políticas y Estrategias, la Dirección General de Seguimiento y Evaluación, el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y, la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y su Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS; y, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 054- 2018-PCM y sus modi fi catorias;