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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (18/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Sábado 18 de junio de 2022 El Peruano / legal de las instituciones educativas a nivel nacional y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, dispone que, las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; precisando además que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021- EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada con Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, modi fi cada con Resolución Directoral N° 007- 2022-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de una transferencia fi nanciera; Que, con fecha 01 de junio de 2022, el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), suscribieron el Convenio N° 014-2022-MINEDU, el cual tiene como objeto que las mencionadas entidades ejecuten las acciones necesarias y su fi cientes para implementar y ejecutar la Evaluación Muestral 2022 (EM 2022), con el fi n de obtener, mediante la evaluación a una muestra representativa, información confi able y oportuna de los logros de aprendizajes de los estudiantes de segundo, cuarto y sexto grado de educación primaria y de segundo grado de educación secundaria, así como contar con información relacionada al proceso de evaluación, mediante la implementación de una evaluación piloto a estudiantes de 5° grado de educación secundaria (Piloto 5S) de instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular; Que, la Cláusula Sexta del Convenio N° 014-2022-MINEDU, establece que en el marco de lo dispuesto en el literal o) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, el Ministerio de Educación transferirá a favor del INEI el monto de hasta S/ 63 828 069,00 (SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES); suma que cubre los costos y gastos administrativos efectivamente realizados por el INEI para el cumplimiento del objeto del Convenio; asimismo, dispone como condición necesaria para la transferencia, que el INEI cumpla con entregar al Ministerio de Educación la documentación y/o información que se establece en los Términos de Referencia, desarrollados en el Anexo A del Convenio, los mismos que señalan que los recursos serán transferidos en una armada después de la aprobación del entregable 1; Que, con O fi cios N° 00091-2022-MINEDU/SPE-UMC y Nº 00092-2022-MINEDU/SPE-UMC, la O fi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes del Ministerio de Educación, remite los Informes N° 005-2022-MNEDU/SPE-UMC-GNSR y Nº 017-2022-MINEDU/SPE-UMC-ADM, respectivamente, a través de los cuales brinda conformidad y aprobación al primer entregable presentado por el INEI; asimismo, solicita gestionar la resolución ministerial que autorice una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 63 828 069,00 (SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), conforme a lo establecido en el Anexo A del Convenio N° 014-2022-MINEDU y el literal o) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365; Que, a través del Informe N° 00976-2022-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, considera que es técnicamente factible gestionar una Resolución Ministerial que autorice una Transferencia Financiera a favor del INEI, hasta por la suma de S/ 63 828 069,00 (SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), por cuanto se cuenta con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, en la Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, mediante el Informe N° 00672-2022-MINEDU/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación, considera legalmente viable la emisión de la Resolución Ministerial que autorice una Transferencia Financiera, por la suma de S/ 63 828 069,00 (SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor del INEI, en el marco de lo establecido en el Convenio N° 014-2022-MINEDU y en virtud de lo dispuesto en el literal o) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar mediante Resolución Ministerial una Transferencia Financiera a favor del INEI, por el monto señalado en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, modi fi cada con Resolución Directoral N° 007-2022-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 63 828 069,00 (SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en cumplimiento de lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio N° 014-2022-MINEDU y el literal o) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a los que hace referencia el artículo precedente, no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad. Artículo 3.- El Ministerio de Educación, a través de la Ofi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, en el ámbito de sus competencias, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto en el Convenio Nº 014-2022-MINEDU. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución Ministerial se remite a la O fi cina General de Administración, para que efectúe las acciones correspondientes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2078816-1 Derogan la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan y orientan los convenios para la gestión de instituciones educativas públicas de educación básica a cargo de entidades sin fines de lucro” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 258-2022-MINEDU Lima, 17 de junio de 2022VISTOS, el Expediente N° 0117632-2022, el Informe N° 00138-2022-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE de la Dirección de Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, el Informe N° 00678-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y;