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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (18/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Sábado 18 de junio de 2022 El Peruano / favorable, en materia de plani fi cación y presupuesto, sobre la transferencia fi nanciera a efectuarse a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar el cien por ciento (100%) de la retribución económica, incluido el IGV, correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación, para el periodo a auditar 2022, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modi fi cado por la Ley N° 30742; por cuanto se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y se atenderá con cargo a los recursos disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 024: Ministerio de Educación – Sede Central, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar el cien por ciento (100%) de la retribución económica, incluido el IGV, correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación, por el periodo a auditar 2022; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, que aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que se debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 024: Ministerio de Educación – Sede Central, hasta por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar el cien por ciento (100%) de la retribución económica, incluido el IGV, correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación, por el periodo a auditar 2022. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- La Contraloría General de la República, en el ámbito de sus competencias, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la O fi cina General de Administración del Ministerio de Educación, para que efectúe las acciones que correspondan. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2078806-1Designan Directora de la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 256-2022-MINEDU Lima, 17 de junio de 2022Que, se encuentra vacante el cargo de Director(a) de la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada de la Dirección General de Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora ERIKA ANDREA VALERA SEIJAS en el cargo de Directora de la Dirección de Apoyo a la Gestión Educativa Descentralizada de la Dirección General de Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2078808-1 Autorizan Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 257-2022-MINEDU Lima, 17 de junio de 2022CONSIDERANDOQue, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante Resolución Ministerial N° 522-2021-MINEDU, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 12 324 967 662,00 (DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 76 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; asimismo, señala que las transferencias fi nancieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público; Que, el literal o) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31365, autoriza al Ministerio de Educación, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras, a favor de las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, para los procesos de formación, capacitación, innovación y evaluación en materia educativa y docente, para la asistencia técnica y el monitoreo de la ejecución de proyectos de inversión vinculados a materia educativa, para el saneamiento físico