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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (18/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Sábado 18 de junio de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Créase el “Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de elaborar propuestas de mejora al proceso de compras del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (PNAEQW)”; dependiente del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales. Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo, tiene por objeto elaborar propuestas de mejora al proceso de compras del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (PNAEQW), salvaguardando la inocuidad y calidad de los productos, coadyuvando de forma constante con la alimentación saludable, además que permita impulsar las compras de alimentos de origen local adecuándose a los hábitos de consumo locales. Artículo 3.- Integrantes El Grupo de Trabajo está integrado por los siguientes miembros: - El/La Viceministro/a de Prestaciones Sociales (quien la preside). - El/La Viceministro/a de Políticas y Evaluación Social.- El/La Director/a General de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales. - El/La Director/a General de la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales. - El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas y Estrategias. - El/La Director/a General de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación. - El/La Directora/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (PNAEQW). Artículo 4.- Designación de representantes Los integrantes señalados en el artículo 3, podrán designar un/a representante alterno/a, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución Ministerial; mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, quien podrá asistir ante la imposibilidad del/de la titular. Los/Las titulares o representantes alternos/as podrán asistir a las reuniones técnicas en compañía de un/una asesor/a técnico/a. Artículo 5.- Funciones El Grupo de Trabajo, tiene las siguientes funciones: a) Elaborar un Plan de Trabajo con las actividades para la generación de las propuestas de mejora del proceso de compras. b) Analizar los informes relacionados a la calidad, efectividad y e fi ciencia del proceso de compras del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, para la identi fi cación de un mecanismo de gestión para la adquisición de productos de origen local. c) De fi nir propuestas de mejora que podrían incorporarse en el proceso de compras del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, teniendo en cuenta los resultados de las evidencias. d) Determinar las modi fi caciones normativas y otras acciones necesarias para implementar las propuestas de mejora referidas al proceso de compras del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. e) Identi fi car responsabilidades y potenciales intervenciones de otros sectores que permitan hacer sinergias y articular las compras de productos procedentes de origen local. f) Gestionar a través de la Secretaria Técnica del Grupo de Trabajo, la presentación de las propuestas técnicas para el proceso de compras del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales (DGDAPS), la cual brinda el apoyo técnico y administrativo necesario para el cumplimiento del objeto y funciones del Grupo de Trabajo, reportando a la Presidencia; asimismo, es responsable de llevar registros de los acuerdos, custodiar actas y toda la documentación que se genere y, de elaborar de forma conjunta, las propuestas técnicas referidas en el literal f) del artículo 5 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 7.- Instalación El Grupo de Trabajo, se instala en el plazo máximo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 8.- Colaboración y asesoramiento de representantes de otras instituciones El Grupo de Trabajo puede solicitar la colaboración, asesoramiento, opinión y aporte técnico de representantes de otras instituciones públicas o privadas y/o de especialistas en materias relacionadas al objeto del Grupo de Trabajo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9.- Vigencia El Grupo de Trabajo tiene un plazo de vigencia de cuarenta y cinco (45) días hábiles desde su instalación, pudiendo ser prorrogada hasta por cuarenta y cinco (45) días hábiles adicionales. De considerarlo necesario, el/la Presidente/a del Grupo de Trabajo solicita la ampliación del plazo de vigencia al Despacho Ministerial, quedando a cargo de la Secretaría Técnica, la elaboración de la solicitud debidamente sustentada. Artículo 10.- Financiamiento El cumplimiento del objeto y las funciones del Grupo de Trabajo se sujeta al presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 2078811-1 Aprueban la Directiva N° 002-2022-MIDIS, Directiva para el Monitoreo y Supervisión de la Gestión del Programa de Complementación Alimentaria RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 082-2022-MIDIS Lima, 17 de junio de 2022VISTOS:El Memorando N° D000148-2022-MIDIS-VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° D000144-2022-MIDIS-DGDAPS, emitido por la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Informe N° D000083-2022-MIDIS-OGPPM, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° D000282-2022-MIDIS-OGAJ, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;