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102 Viernes 24 de junio de 2022 El Peruano / PROYECTO De conformidad con el “Procedimiento de revisión tarifaria como consecuencia de la aplicación de las medidas dispuestas en el título III del Decreto de Urgencia N.º 036-2020” y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 16 de junio de 2022. RESUELVE:Artículo 1°.– Aprobar el proyecto de resolución que establecería para EPS SEDACAJ S.A.: 1. Metas de gestión, correspondientes al cuarto y quinto año del periodo regulatorio 2019-2024. 2. Nuevos porcentajes a destinarse en los meses restantes del tercer año regulatorio y para el cuarto y quinto año del periodo regulatorio 2019-2024, al fondo de inversiones, así como para las reservas: i) para la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE) y ii) para la elaboración e implementación del plan de gestión de riesgo de desastres (GRD) y adaptación al cambio climático (ACC),. Artículo 2°.- Disponer la publicación en el diario o fi cial El Peruano del proyecto de resolución a que se re fi ere el artículo anterior y sus anexos. Artículo 3°.- EPS SEDACAJ S.A. tiene un plazo improrrogable de 30 días calendarios, contados desde el día siguiente de noti fi cado el proyecto a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente resolución para remitir sus comentarios al referido proyecto de resolución. Artículo 4°.- Los interesados tienen un plazo improrrogable de 5 días hábiles, contados desde el día siguiente de publicado el proyecto de resolución a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, para presentar sus comentarios al referido proyecto. Dichos comentarios deberán ser remitidos al siguiente correo electrónico: revisión-tarifaria-sedacaj@sunass.gob.pe. Artículo 5°.- La presente resolución, el proyecto a que hace referencia el artículo 1°, sus anexos y el informe N.° 095-2022-SUNASS-DRT-ESP deberán publicarse en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo 1 Recibido por la Sunass el 14 de julio de 2020. 2 Modi fi cado mediante Resoluciones de Consejo Directivo Nros. 040-2021-SUNASS-CD y 082-2021-SUNASS-CD. 3 Conforme a lo dispuesto en la Resolución de Consejo Directivo N.° 082-2021-SUNASS-CD. 4 Numeral modi fi cado de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de Consejo Directivo N.° 082-2021-SUNASS-CD, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 26 de diciembre de 2021. 5 Los comentarios deberán haber sido aprobados por su Directorio en el caso de una empresa constituida como Sociedad Anónima, o Junta General de Socios en el caso de una empresa constituida como Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N.º (…)-2022-SUNASS-CD EXP.: 006-2020-SUNASS-DRT-RT Lima, (…) de (…) de 2022 VISTO: El Memorándum N.° (…)-2022-SUNASS-DRT emitido por la Dirección de Regulación Tarifaria (DRT) que presenta el Informe N.° (…)-2022-SUNASS-DRT-ESP mediante el cual se eleva la propuesta fi nal de revisión tarifaria elaborada en el marco de lo dispuesto por el “Procedimiento de revisión tarifaria, como consecuencia de la aplicación de las medidas dispuestas en el título III del Decreto de Urgencia N.º 036-2020” (Procedimiento de Revisión Tarifaria), al que se acogió la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Cajamarca - Sociedad Anónima (en adelante EPS SEDACAJ S.A.) mediante O fi cio N.° 136-2020-G.G/EPS.SEDACAJ S.A. 1. CONSIDERANDO:Que, en el marco del estado de emergencia nacional se emitió la Resolución de Consejo Directivo N.º 016-2020-SUNASS-CD que aprobó el Procedimiento de Revisión Tarifaria, el cual tiene por fi nalidad garantizar la viabilidad económica- fi nanciera de las empresas prestadoras hasta el inicio de su nuevo periodo regulatorio, a través de la aplicación de diferentes medidas, tales como la suspensión de sus metas de gestión e incrementos tarifarios. Que, el Procedimiento de Revisión Tarifaria tiene 3 etapas: i) contención; ii) transición y iii) recuperación. Que, EPS SEDACAJ S.A. se encuentra en la etapa de contención, por lo que le correspondería ingresar a la etapa de transición, sin embargo, conforme establece el numeral 6.1. del artículo 6 del Procedimiento de Revisión Tarifaria la aplicación de dicha etapa es opcional 2. Que, en ese sentido, la DRT con el memorándum de visto remite el Informe N° (…)-2022-SUNASS-DRT-ESP, el cual sustenta la necesidad que EPS SEDACAJ S.A. ingrese a la etapa de recuperación dado que se cuenta con información su fi ciente para determinar las medidas que garanticen la viabilidad económica- fi nanciera de la empresa, hasta el inicio de su próximo periodo regulatorio. Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Procedimiento de Revisión Tarifaria establece que la DRT elabora un informe que contiene la justi fi cación de la propuesta de medidas que garanticen la viabilidad económica- fi nanciera de la empresa, en función a su capacidad fi nanciera y la capacidad de pago de sus usuarios. Que, el numeral 7.3. del referido artículo 7 prevé que las medidas antes señaladas comprenden: a) la determinación de nuevos porcentajes de depósito mensual al fondo de inversiones y reservas; b) la determinación de metas de gestión y c) la determinación de ajustes tarifarios, y reordenamiento tarifario de ser el caso, hasta que la empresa prestadora culmine su periodo regulatorio vigente. Que, de acuerdo con el Procedimiento de Revisión Tarifaria, se cumplió con: i) publicar en el diario o fi cial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba las metas de gestión que deberá cumplir EPS SEDACAJ S.A. en el cuarto y quinto año del periodo regulatorio 2019-2024 y los nuevos porcentajes que la referida empresa deberá depositar durante los meses restantes del tercer año regulatorio a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, así como en el cuarto y quinto año del periodo regulatorio 2019-2024 al fondo de inversiones y reservas señalados en el proyecto de resolución y ii) recibir los comentarios realizados por EPS SEDACAJ S.A. y por los interesados tanto al proyecto de resolución y como al informe. Que, la DRT evaluó los comentarios realizados por EPS SEDACAJ S.A. y los interesados conforme se aprecia en el Informe (…)-2022-SUNASS-DRT-ESP que sustenta la propuesta fi nal de revisión tarifaria para EPS SEDACAJ S.A. Que, sobre la base del referido Informe (…)- 2022-SUNASS-DRT-ESP corresponde aprobar las metas de gestión y porcentajes a transferir a los fondos y reservas que serán de aplicación a EPS SEDACAJ S.A. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.11 del artículo 7 del Procedimiento de Revisión Tarifaria como consecuencia de la aplicación de las medidas dispuestas en el título III del Decreto de Urgencia N.º 036-2020; y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del (…) de (…) de 2022. RESUELVE:Artículo 1°.– Aprobar las metas de gestión que deberá cumplir EPS SEDACAJ S.A. en el transcurso del cuarto y quinto año del quinquenio regulatorio 2019-2024 las cuales se encuentran contenidas en el Anexo N.° 1 de la presente resolución.