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15 NORMAS LEGALES Viernes 24 de junio de 2022 El Peruano / asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 002-2022-HCC-DCS-VMPCIC-MC elaborado por el Lic. Héctor Luis Cárdenas Castro; y, en consecuencia, recomienda la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico Quebrada Huerta Vieja; Que, mediante Informe Nº 000079-2022-DGPA-ARD/ MC de fecha 10 de junio de 2022, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico Cementerio Quebrada Huerta Vieja; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000012-2022-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Quebrada Huerta Vieja, ubicado en el distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta y departamento de Lima, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, salvo se identi fi que afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo al Plano Perimétrico con código PPROV-027-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: Zona: 18 S Área: 18,768.96 m² (1.8768 ha)Perímetro: 732.14 m SITIO ARQUEOLÓGICO QUEBRADA HUERTA VIEJA VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) P1 1-2 105.83 48°41’3” 300552.6600 8706080.0700 P2 2-3 116.78 205°21’20” 300528.4500 8705977.0500 P3 3-4 119.59 152°18’13” 300552.9900 8705862.8800 P4 4-5 68.84 60°29’21” 300520.9000 8705747.6800 P5 5-6 98.39 138°42’25” 300472.2900 8705796.4200 P6 6-7 88.12 167°37’47” 300466.0600 8705894.6100P7 7-8 69.60 175°33’0” 300479.4500 8705981.7100 P8 8-1 64.99 131°16’51 300495.3300 8706049.4700 TOTAL 732.14 1080°0’0” Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 002-2022-HCC-DCSVMPCIC-MC de fecha 05 de mayo de 2022, elaborado por el Licenciado Héctor Luis Cárdenas Castro, así como en los Informes N° 000348-2022-DSFL/MC, Informe N° 000091-2022-DSFL-MDR/MC y el plano perimétrico con código N° PPROV-027-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA -Paralización y/o cese de la afectaciónX PARALIZACION -Señalización: XCOLOCAR SEÑALIZACION E HITOS DE DELIMITACIONArtículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural de la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 002-2022-HCC-DCSVMPCIC-MC de fecha 05 de mayo de 2022, el Informe N° 000348-2022-DSFL/MC, Informe N° 000091-2022-DSFL-MDR/MC e Informe Nº 000079-2022-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código N° PPROV-027-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI WALTER CASTRO CHIRINOS Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2079763-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perù a la República Argentina, en comisión de servicio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0555-2022-DE Lima, 22 de junio de 2022VISTOS: Los O fi cios Nº 3209/51 y Nº 3499/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 01332-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; el Informe Legal N° 00922-2022-MINDEF/SG-OGAJ y el Ofi cio Nº 00697-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n de abril de 2022, el Prefecto General de la Prefectura Naval Argentina cursa invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, y dos (2) acompañantes, para participar en el 212° Aniversario de la Prefectura Naval Argentina, a realizarse