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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (24/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Viernes 24 de junio de 2022 El Peruano / sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Sector Defensa; Que, mediante el Informe Legal N° 00957-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel FAP Joe Steve Valdivia Lira, para que participe en el Intercambio Regional de Doctrina Espacial (SMEE), a llevarse a cabo en la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América, por encontrase conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Jefatura de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel FAP Joe Steve Valdivia Lira, identi fi cado con DNI Nº 30835062, para participar en el Intercambio Regional de Doctrina Espacial (SMEE), a llevarse a cabo en la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América, del 27 al 29 de junio de 2022, autorizando su salida del país el 26 de junio y su retorno el 30 de junio de 2022. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa – Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial – CONIDA efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Viáticos: US$ 88.00 x 1 persona x 3 días US$ 264.00 ------------------ Total a pagar: US$ 264.00 Artículo 3.- El personal autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2080437-1 Aprueban actualización de los formatos “Aviso de Infracción” y “Papeleta de Multa”, a ser utilizados por las Capitanías de Puerto y Unidades Guardacostas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 499-2022 MGP/DICAPI 22 de junio de 2022CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1147, que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional-Dirección General de Capitanías y guardacostas, tiene por objeto la administración de áreas acuáticas, las actividades que se realizan en el medio acuático, las naves, artefactos navales, instalaciones acuáticas y embarcaciones en general, las operaciones que estas realizan y los servicios que prestan o reciben, con el fi n de velar por la seguridad de la vida humana en el mar, rio y lagos navegables, la protección del medio ambiente acuático, y reprimir las actividades ilícitas en el ambiento de su jurisdicción, en cumplimiento de las normas nacionales e instrumentos internaciones de los que el Perú es parte; Que, el artículo 19 de la norma legal precitada establece que la Autoridad Marítima Nacional ejerce la potestad; sancionadora por la comisión de infracciones al citado Decreto Legislativo, su reglamento y normas complementaria que se comenten por acción u omisión que afecte : i) la protección y seguridad de la vida humana en el ámbito acuático: ii) la prevención y protección del ambiente acuático : iii) el control y vigilancia del tra fi co acuático y la seguridad y protección de la navegación en el ámbito acuático; Que el Decreto Supremo Nº 015-2014-DE de fecha 26 de noviembre del 2014, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1147, establece que las infracciones a las normas legales son sancionadas de acuerdo a lo indicado en la tabla de infracciones y sanciones, que se describe en el anexo que forma parte integrante del reglamento; Que, mediante Resolución Directoral Nº 1119-2018 MGP/DGCG de fecha 28 de agosto del 2018, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas aprobó los formatos de aviso de infracción y papeleta de multa en aplicación a lo dispuesto en el Decreto Supremo citado en el párrafo precedente; Que, con la fi nalidad que las Capitanías de Puerto y las Unidades Guardacostas apliquen correctamente las infracciones y sanciones a través de los documentos ofi ciales acorde a la normatividad nacional vigente es necesario actualizar los formatos de aviso de infracción y papeleta de multa; De conformidad a lo propuesto por el Jefe del Departamento de Normativa y Doctrina, a lo evaluado por el Director de Administración Marítima, el Jefe de la Ofi cina de Recaudaciones, con el visto bueno del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y a lo recomendado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la actualización de formato “Aviso de Infracción” a ser utilizado por las Capitanías de Puerto y Unidades Guardacostas, de acuerdo con el modelo del anexo I de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- Aprobar la actualización del formato “Papeleta de Multa” a ser utilizado por las Capitanías de Puerto de acuerdo con el modelo del Anexo II de la presente Resolución Directoral. Artículo 3º.- Déjese sin efecto la Resolución Directoral Nº 1119-2018 MGP/DGCG de fecha 28 de agosto del 2018 y todas las normas que se contrapongan a lo dispuesto en la presente Resolución Directoral. Artículo 4º .- La presente resolución directoral será publicado en el Portal Electrónico de la Dirección General de Capitanía y Guardacostas- Autoridad Marítima Nacional (http://www.dicapi.mil.pe). Artículo 5º .- La presente resolución directoral entra en vigencia a los quince (15) días posteriores a su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. CÉSAR ERNESTO COLUNGE PINTO Director General de Capitanías y Guardacostas