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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (24/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Viernes 24 de junio de 2022 El Peruano / de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE; Que, los artículos 2 y 3 de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad y deberán publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catorias, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en su Reglamento. La autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector. La autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y su Reglamento; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catorias, dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. En caso de requerimiento expreso formulado por un Ministro de Estado, se autorizará gastos de representación sobre cuyo monto total se rendirá cuenta documentadamente. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad. Los viajes de delegaciones que representen al país en el exterior serán o fi cializados mediante Resolución Ministerial del Sector Relaciones Exteriores; Que, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catorias, establece que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas, siendo que para Europa es el siguiente monto: US$ 540,00 (Quinientos cuarenta y 00/100 dólares americanos); Que, el artículo 7 del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catorias, señala que los Ministros de Estado que en misión o fi cial viajen al exterior del país, utilizarán pasajes de la categoría negocios. Los funcionarios que no ostenten el rango antes señalado, utilizarán la categoría económica; Que, mediante el OF. RE (DSL) N° 22-6-BB/103, el Ministerio de Relaciones Exteriores invitó al Instituto del Mar del Perú – IMARPE a evaluar la posibilidad de designar algún representante como miembro de la delegación peruana que asistirá a la Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Océanos a realizarse en Lisboa - Portugal del 27 de junio de 2022 al 1 de julio de 2022; Que, a través del O fi cio N° 423-2022-IMARPE/PCD, IMARPE comunicó al Ministerio de Relaciones Exteriores, que el Presidente (e) del Consejo Directivo del IMARPE participará en la Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Océanos, en mención;Que, mediante la Certi fi cación N° 017-2022-CD/O, la Secretaria del Consejo Directivo del IMARPE, certi fi có el Acuerdo del Consejo Directivo N° 017-2022-CD/O, adoptado en la Quinta Sesión Ordinaria por el Consejo Directivo de IMARPE, celebrada el 23 de mayo de 2022, en donde se aprobó y autorizó el viaje para la participación del Presidente (e) del Consejo Directivo, señor José Ángel De La Cruz Sotomayor, en la “Segunda conferencia de las Naciones Unidas sobre los Océanos” a realizarse en Lisboa, Portugal del 27 de junio al 1 de julio de 2022, señalando además, los gastos del mencionado viaje (pasajes aéreos y viáticos); Que, el Acuerdo del Consejo Directivo N° 018- 2022-CD/O se encuentra técnica, presupuestal y legalmente sustentado en el Informe OAI N° OAI-008-2022, el Memorándum N° 285-2022-IMARPE/AFRH, el Memorándum Nº 0096-2022-IMARPE/AFC, el Memorándum Nº 0293-2022-IMARPE/AFLeI, el Memorándum N° 121-2022-IMARPE/OGPP y los Informes N°s 115-2022-IMARPE/OGAJ y 172-2022-IMARPE/OGAJ, de la Encargada de Asuntos Interinstitucionales, el Área Funcional de Recursos Humanos, el Área Funcional de Contabilidad, el Área Funcional de Logística e Infraestructura, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, todos de IMARPE; Que, mediante el Memorándum N° 0348-2022-IMARPE/AFLel y en el Memorándum N° 131-2022-IMARPE/OGPP, emitidos por el Área Funcional de Logística e Infraestructura y la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, ambos de IMARPE, se actualizó el monto de los pasajes aéreos para participar en la mencionada conferencia, y se acreditó el respaldo presupuestal correspondiente; Que, mediante los O fi cios N°s 269-2022-IMARPE/ DEC y 331-2022-IMARPE/DEC, el Director Ejecutivo Cientí fi co de IMARPE presentó ante la Secretaría General del Ministerio de la Producción, una solicitud de Autorización de viaje en comisión de servicios del Sr. José Ángel De La Cruz Sotomayor, Presidente (e) del Consejo Directivo del IMARPE para que participe en la mencionada conferencia; Que, de conformidad con el Informe OAI N° OAI- 008-2022, emitido por la Encargada de Asuntos Interinstitucionales de IMARPE, la participación de IMARPE en la referida conferencia es importante porque con ello, dicha institución se rati fi ca como el organismo técnico especializado del Ministerio de la Producción que se encarga de la investigación cientí fi ca, así como del estudio y conocimiento del mar peruano y sus recursos. Cabe resaltar, que la información cientí fi ca que genera le permite al Estado tomar decisiones respecto al uso racional de los recursos pesqueros y la conservación del ambiente marino; Que, mediante el Memorando N° 00000571-2022-PRODUCE/DVPA, el Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura emitió conformidad a la solicitud de autorización de viaje en comisión de servicios del Sr. José Ángel De La Cruz Sotomayor, Presidente (e) del Consejo Directivo del IMARPE, para que participe en la conferencia en mención; Que, mediante el Informe N° 0000728-2022-PRODUCE/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opi na que resulta legalmente viable autorizar el viaje en comisión de servicios del Sr. José Ángel De La Cruz Sotomayor, Presidente (e) del Consejo Directivo del IMARPE para que participe en la conferencia en mención; Que, en consecuencia, de acuerdo a los fi nes expuestos en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios del Sr. José Ángel De La Cruz Sotomayor, Presidente (e) del Consejo Directivo del IMARPE, para que participe en la Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Océanos, a realizarse en Lisboa - Portugal del 27 de junio de 2022 al 1 de julio de 2022, así como autorizar su salida del país el 25 de junio de 2022 y su retorno el 2 de julio de 2022; Con las visaciones del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;