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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2022 (02/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de marzo de 2022 El Peruano / demás gerencias, o fi cinas y unidades operativas de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas para su conocimiento y cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase.NADIA LIZ PALLO AROTAIPE Alcaldesa * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2043252-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZAN Aprueban el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA), y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUISA) de la Municipalidad Distrital de Jazán ORDENANZA MUNICIPAL N° 151-2022-MDJ/A Pedro Ruiz Gallo, 21 de febrero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZÁN POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en Sesión Ordinaria N° 05 de fecha 21 de febrero de 2022; VISTO: El INFORME LEGAL N° 014-2022-MDJ/ALE, de fecha 19/02/2021, el INFORME N° 003-2022-MDJ/GM, de fecha 18/02/2022; el INFORME N° 003-2022–MDJ/JEVG/GAT de fecha 10/02/2022, el Dictamen N° 020; el Acta de Sesión Ordinaria de Concejo N° 05 de fecha 21/02/2022; el Acuerdo de Concejo N° 015-2022/MDJ-A, de fecha 21/02/2022, y; CONSIDERANDO: Que, estando a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por las Ley N° 28607 y la Ley N° 30305, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que se encuentra en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, el cual señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 39º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de Gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; concordante con el artículo 40º del mismo cuerpo de la ley señala que las ordenanzas “son los normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; Que, el Artículo 46º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, regula la capacidad sancionadora de los gobiernos locales, señalando que: “Las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. Las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias. Las sanciones que aplique la autoridad municipalidad podrán ser de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otras. A solicitud de la municipalidad respectiva o del ejecutor coactivo correspondiente, la Policía Nacional prestará su apoyo en el cumplimiento de las sanciones que se impongan, bajo responsabilidad” Que, según el informe N° 003-2022-MDJ/JEVG/ GAT, de la Gerencia de Administración Tributaria, la Municipalidad Distrital de Jazán, a la fecha viene trabajando con un Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas(RASA) y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUISA) del año 2009, el mismo que se encuentra desactualizada y con muchos vacíos legales, lo cual no permite sancionar a los infractores de las normas administrativas, por ello se presentó el proyecto de ordenanza que aprueba el RASA y el CUISA de conformidad con la normatividad vigente; Que, según INFORME N° 003-2022-MDJ/GM, la Gerencia Municipal emite opinión favorable para que se apruebe el Proyecto de Ordenanza en Sesión de Concejo y que se publique en el Diario O fi cial “EL Peruano”. Asimismo, el Asesor Legal Externo con INFORME LEGAL N° 014-2022-MDJ/ALE, indica que no tiene ninguna observación con respecto a los instrumentos de gestión e indica que debe ser aprobado mediante Ordenanza Municipal y entrar en vigencia a partir del día siguiente de su publicación; Que, estando a lo expuesto y contando con la aprobación del Concejo Municipal en Pleno, en el cumplimiento de las facultades conferidas por el Artículo 9° y 40° de la Ley 27972 y contando con el voto UNÁNIME de los señores regidores y con el trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RASA) Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CUISA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZÁN Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Municipal N° 021-2009/MDJ/BA, de fecha 28 de agosto del año 2009 y todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA), que consta de 03 (tres) Títulos, 12 (doce) capítulos, 59 (cincuenta y nueve) artículos y 09 (nueve) Disposiciones Complementarias fi nales; y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUISA) de la Municipalidad Distrital de Jazán, las mismas que forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- VIGENCIA, la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- DISPONER a la o fi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional la publicación y difusión, incluidos los anexos de la presente Ordenanza en el portal Web de la Municipalidad Distrital de Jazán y las redes sociales y a Secretaria General, noti fi car a todas las áreas de la Entidad. POR LO TANTORegístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.DANIEL GUIOP HUAMAN Alcalde 2041427-1