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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2022 (02/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de marzo de 2022 El Peruano / de Fiscalización Tributaria, mediante los cuales dichas áreas emiten Opinión Técnica favorable sobre la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº498-MDS que aprobó la fecha de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2022 y el monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2022, así como de la Ordenanza Nº 491-MDS, de fecha de 22 de diciembre de 2021 rati fi cada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 441 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprobó la determinación en el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el distrito de Surquillo para el año 2022 y de la Ordenanza Nº497-MDS, se aprobó los descuentos por el Pronto Pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2022; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante la Ordenanza Nº 498-MDS que aprobó la fecha de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2022 y el monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2022; Que, mediante Ordenanza Nº 497-MDS, se aprobó los descuentos por el Pronto Pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2022; Que, la Ordenanza Nº 491-MDS, de fecha de 22 de diciembre de 2021, rati fi cada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 441 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprobó la determinación en el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el distrito de Surquillo para el año 2022; Que, a través de la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 498-MDS, el Concejo Municipal de Surquillo facultó al Señor Alcalde para que, mediante el Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia dispuestas en el artículo primero de la presente Ordenanza; Que, mediante la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 497-MDS, el Concejo Municipal de Surquillo facultó al Señor Alcalde para que, mediante el Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la misma, en las fechas dispuestas en el artículo tercero; Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 491-MDS, faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la norma; así como de la prórroga de las fechas dispuestas en el artículo 5º de dicha Ordenanza; Que, en ese sentido, el Memorando Nº 206-2022-GM-MDS, de fecha 25 de febrero de 2022, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 064-2022-GAJ-MDS, de fecha 25 de enero de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 091-2022-GR-MDS, de fecha 24 de febrero de 2022, emitido por la Gerencia de Rentas; el Informe Nº 021-2022-SGEC-GR-MDS, de fecha 24 de febrero de 2022, emitido por la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva; el Informe Nº 0065-2022-SGFT-GR-MDS, de fecha 24 de febrero de 2022, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, mediante los cuales dichas áreas emiten Opinión Técnica favorable sobre la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº498-MDS que aprobó la fecha de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2022 y el monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2022, así como de la Ordenanza Nº 491-MDS, de fecha de 22 de diciembre de 2021 ratificada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 441 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprobó la determinación en el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el distrito de Surquillo para el año 2022 y de la Ordenanza Nº 497-MDS, se aprobó los descuentos por el Pronto Pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2022; Que, estando a lo expuesto, y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 064-2022-GAJ-MDS, de fecha 25 de enero de 2022 y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidad; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 31 de marzo de 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 498-MDS que aprobó la fecha de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2022 y el monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2022. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el día 11 de marzo de 2022 el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 497-MDS, que aprobó los descuentos por el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2022, establecidos en lo referido al Punto 1) literales a) y c) y en el Punto 2) literales a) y c) del artículo tercero por los considerandos antes expuestos; y PRORROGAR hasta el día 31 de marzo de 2022 el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 497-MDS, que aprobó los descuentos por el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2022, en lo referido al Punto 1) literales b) y d) y en el Punto 2) literales b) y d) también del artículo tercero por los considerandos antes expuestos. Artículo Tercero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2021 la fecha del primer bimestre dispuesta en el artículo quinto de la Ordenanza Nº 491-MDS, de fecha de 22 de diciembre de 2021, rati fi cada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 441 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprobó la determinación en el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el distrito de Surquillo para el año 2022. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, la Gerencia de Estadística e Informática, la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, el Ejecutor Coactivo y la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente decreto en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ Alcalde 2043721-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Autorizan la celebración del 1er. Matrimonio Civil Comunitario Presencial 2022 en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2022/MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 28 de febrero del 2022VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo 004-2022 de fecha 28 de febrero 2022, el Informe Nº 58-2022-SGRC/SG/MDCLR de fecha 15 de febrero 2022, de la Sub. Gerencia de Registro Civiles, Informe Nº 047-2022-GAJ/MDCLR de fecha 22 de febrero 2022, de la Gerencia