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83 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de marzo de 2022 El Peruano / Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2022, en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2022/MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 28 de febrero del 2022VISTO:El O fi cio Nº 105-2022-MPC-COPROSECCALLAO/ SECTEC de fecha 17 de febrero 2022, del Responsable de la Secretaría Técnica del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana – COPROSEC-CALLAO, Informe Nº 004-2022-CODISEC/MDCLR de fecha 21 de febrero 2022, del Secretario Técnico del CODISEC-CLR, Informe Nº 048-2022-GAJ/MDCLR de fecha 23 de febrero 2022, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Memorándum Nº 0137-2022-GM/MDCLR, de la Gerencia Municipal, sobre Aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2022 del distrito de Carmen de la Legua Reynoso. CONSIDERANDO :Que, estando a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que se encuentra en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, que señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27933 – Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, señal que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñado por CONASEC. Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley Nº 27933, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN establece que “El Comité Distrital de Seguridad (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación, y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital, precisando que articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital”. Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2019- IN, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, se aprobó el mencionado documento de gestión, el que constituye el principal instrumento del Estado Peruano para fortalecer la seguridad de la población frente a un conjunto de delitos en el territorio nacional y que incluye medidas que coadyuvarán a reforzar el orden, la paz y la seguridad en el país. Que, mediante Informe Nº 004-2022-ST-CODISEC/ MDCLR, el responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC de Carmen de la Legua Reynoso, remite los Informes Técnicos Nº 017-2022-MPC-COPROSEC-ST-AJEH y Nº 018-2022-MPC-COPROSEC-ST-FOUH, de fechas 07 y 08 de febrero 2022, respectivamente, declarando al Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2022, del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, como APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN. Que, mediante Informe Nº 048-2022-GAJ/MDCLR, la Gerencia de Asesoría Jurídica. OPINA que resulta VIABLE mediante Ordenanza Municipal, se apruebe el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA AÑO 2022. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N O 27972 y con la dispensa del trámite de presentación de lectura y aprobación del acta: y contando con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores presentes, el Concejo Municipal aprobó la siguiente ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2022 EN EL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2022, en el Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, el mismo que forma parte integrante de la presnte Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y demás unidades orgánicas de la Municipalidad, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub. Gerencia de Tecnología de la Información la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.municarmendelalegua.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALFREDO COX PALOMINO Alcalde 2043933-2 Prorrogan las fechas de vencimiento establecidas para el pago Anual y de la primera cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2022, y la aplicación de descuentos por Pronto Pago DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2022-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 28 de Febrero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO; VISTO: El Informe Nº 020-GAT/MDCLR del 25 de febrero de 2022, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, informe Nº 039-2022-SGRRYEC/MDCLR fecha 24 de febrero de 2022, emitido por la Subgerencia de Registro, Recaudación y Ejecución Coactiva, informe, sobre proyecto de “Decreto de Alcaldía, que prorroga la fecha de vencimiento establecidas para el pago Anual y de la primera cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fi scal 2022, aprobada mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2022-MDCLR” CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en tal virtud, están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y plani fi car el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos; Que, asimismo, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, señala que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las