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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2022 (03/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Jueves 3 de marzo de 2022 El Peruano / “Antrópicos : Lotización y venta de terrenos en el área intangible. Construcciones de estructuras de concreto. Naturales : Erosión y salitre a la cerámica y textil ” Que, mediante Informe N° 000018-2021/DDC TAC/ MC de fecha 17 de diciembre de 2021, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la propuesta de protección provisional del Sitio Arqueológico Poza Redonda, recaída en el Informe de Inspección N° 001-2021-RMH-DDC TAC-MC de fecha 14 de diciembre de 2021, para su atención; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 000898-2021-DSFL/MC, sustentado en el Informe N° 000175-2021-DSFL-JER/MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 001-2021-RMH-DDC TAC-MC, elaborado por el Lic. Roberto Marcelo Hilario; y, en consecuencia, recomienda la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico Poza Redonda; Que, mediante Informe Nº 000017-2022-DGPA-ARD/ MC de fecha 17 de febrero de 2022, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico Poza Redonda; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 012-2022-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Poza Redonda, ubicado en el distrito de Sama, provincia y departamento de Tacna, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo plazo. El ámbito de la protección provisional se determina de acuerdo a lo descrito en el Plano Perimétrico con código PP-142-MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: Zona UTM: 19 Datum: WGS84 Coordenada UTM de referencia:Este (X): 314 693.0193Norte (Y): 7 998 967.5848 CUADRO DE DATOS TECNICOS - SITIO ARQUEOLOGICO POZA REDONDA VERTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 31.81 62°17’19” 314648.6795 7999230.2593 2 2-3 50.01 171°19’22” 314673.1984 7999209.9899 3 3-4 71.67 173°56’49” 314706.4919 7999172.6782 4 4-5 63.76 186°21’6” 314748.3012 7999114.47245 5-6 48.91 95°53’3” 314790.9983 7999067.1213 6 6-7 90.03 257°57’5” 314758.2224 7999030.8149 7 7-8 185.86 115°35’49” 314810.9851 7998957.8640CUADRO DE DATOS TECNICOS - SITIO ARQUEOLOGICO POZA REDONDA VERTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y) 8 8-9 149.93 92°28’22” 314722.2249 7998794.5673 9 9-10 61.08 123°26’17” 314587.5296 7998860.4183 10 10-11 51.52 156°23’3” 314579.6790 7998920.9927 11 11-1 265.47 184°21’46” 314594.0804 7998970.4611 TOTAL 1070.05 1620°0’1” Área: 59 522.32 m² // (5.9522 ha) Perímetro: 1 070.05 m Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2021-RMH-DDC TAC-MC de fecha 14 de diciembre de 2021, así como en los Informes N° 000898-2021-DSFL/MC, Informe N° 000175-2021-DSFL-JER/MC y en el Plano Perimétrico con código PP-142-MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Retiro de estructuras temporales, maquinarias,herramientas, elementos y/o accesorios: xRetirar el enmallado de los lotes, asi como el desmontaje de las estructuras o lozas de con-creto existentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Sama, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 001-2021-RMH-DDC TAC-MC de fecha 14 de diciembre de 2021, el Informe N° 000898-2021-DSFL/MC, Informe N° 000175-2021-DSFL-JER/MC e Informe Nº 000017-2022-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PP-142-MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO DirectoraDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2043588-1