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22 NORMAS LEGALES Jueves 3 de marzo de 2022 El Peruano / Aceptan renuncia de Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2022-EM Lima, 2 de marzo de 2022 CONSIDERANDO:Que, el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, establece que el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET es un organismo público adscrito al Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Resolución Suprema N° 002-2021- EM, se designó al señor Víctor Manuel Díaz Yosa como Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; Que, el señor Víctor Manuel Díaz Yosa ha formulado renuncia al citado cargo, por lo que corresponde aceptarla; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2007-EM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Víctor Manuel Díaz Yosa al cargo de Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, dándosele las gracias por los servicios prestados Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CARLOS SABINO PALACIOS PEREZ Ministro de Energía y Minas 2044433-10 Otorgan a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. la concesión definitiva para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica en proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Poechos - S.E. Las Lomas - S.E. Quiroz y Subestaciones Asociadas”, ubicado en el departamento de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 065-2022-MINEM/DM Lima, 23 de febrero de 2022 VISTOS: El Expediente Nº 14397521, respecto a la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Poechos - S.E. Las Lomas - S.E. Quiroz y Subestaciones Asociadas”, presentada por Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. (en adelante, ENOSA); el Informe Nº 035-2022-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 0092-2022-MINEM/ OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante documento con registro Nº 3158053 de fecha 12 de junio de 2021, ENOSA solicita el otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Poechos – S.E. Las Lomas – S.E. Quiroz y Subestaciones Asociadas”, ubicada en los distritos de Paimas, Las Lomas, Sullana, Querecotillo y Lancones; provincias de Ayabaca, Piura y Sullana; departamento de Piura; Que, en los Informes de Vistos la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han veri fi cado que la referida solicitud ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan otorgar la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Poechos – S.E. Las Lomas – S.E. Quiroz y Subestaciones Asociadas”, a favor de ENOSA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modi fi catorias; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Poechos - S.E. Las Lomas - S.E. Quiroz y Subestaciones Asociadas”, ubicada en los distritos de Paimas, Las Lomas, Sullana, Querecotillo y Lancones; provincias de Ayabaca, Piura y Sullana; departamento de Piura; en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida/Llegada de la Línea de TransmisiónTensión (kV)Nº de TernasLongitud (km)Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) S.E. Poechos - S.E. Las Lomas - S.E. Quiroz60 01 75,54 16 Subestaciones Características técnicas Ampliación de la S.E. PoechosComprenderá la implementación de una nueva bahía de línea 60 kV a la S.E. Las Lomas, equipamiento complementario de la bahía de línea 60 kV a S.E. Sullana, así como un nuevo sistema de servicios auxiliares, control, protección y medición. S.E. Las LomasSerá una nueva subestación y tendrá niveles de tensión en 60 y 22,9 kV, contará, entre otros, con un transformador de potencia 12-15 MVA (ONAN-ONAF), 60±10 x 1.00%/22,9/10 kV, grupo de conexión YN, yn0d5, así como con bahías de línea 60 kV, bahías de línea y barra en 22,9 kV, sistema de control, protección y medición, y servicios auxiliares.