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35 NORMAS LEGALES Viernes 18 de marzo de 2022 El Peruano / de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora MARTHA CECILIA SILVESTRE CASAS, efectuada mediante Resolución Suprema N° 178-2021-IN, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ALFONSO CHÁVARRY ESTRADA Ministro del Interior 2049465-14 Designan Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 064-2022-IN Lima, 17 de marzo de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de con fi anza de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; Que, resulta necesario designar a la persona que asuma el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor JORGE ARMANDO MARTÍN FERNÁNDEZ CAMPOS en el cargo público de con fi anza de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ALFONSO CHÁVARRY ESTRADA Ministro del Interior 2049465-15Aprueban el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2022 - 2026 del Sector Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0334-2022-IN Lima, 15 de marzo de 2022VISTOS, el Informe N° 000034-2022/IN/OGPP/OPE de la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 000351-2022/IN/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 000351-2022/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley N° 29158, establece que los Ministros de Estado tienen por función dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación, y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN; Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026- 2017/CEPLAN/PCD, se aprueba la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, modi fi cada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, que tiene por objetivo establecer los lineamientos para la formulación y actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN, dentro del marco de una visión compartida y concertada del país con prospectiva de mediano y de largo plazo; Que, el artículo 8 de la referida Directiva señala que, el planeamiento es un pilar del modelo de gestión pública orientada a resultados; agrega que, el CEPLAN promueve la armonización de las políticas públicas, los planes estratégicos y operativos, a nivel sectorial y territorial, hacia el logro de resultados a favor de la población; durante el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, el SINAPLAN articula con los sistemas administrativos transversales; indica que, a nivel institucional, los objetivos estratégicos se re fl ejan en los planes operativos que contienen actividades concretas con metas claras de cantidad y calidad de producción de bienes y servicios que permiten articular el presupuesto y programas presupuestales con el planeamiento, de modo que el presupuesto se dirija a cerrar brechas de infraestructura y de acceso a servicios, priorizadas en el planeamiento; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, establece que las políticas nacionales desarrollan sus objetivos a través de metas, indicadores y responsables en los respectivos planes estratégicos sectoriales multianuales - PESEM, planes estratégicos multisectoriales, planes estratégicos institucionales y planes operativos institucionales de los Ministerios y sus organismos públicos, según corresponda, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN;