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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2022 (18/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Viernes 18 de marzo de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Económica a la siguiente egresada de la Universidad Nacional de Ingeniería, anulándose el diploma otorgado anteriormente: N° Apellidos y Nombres Con mención enFecha de Otorgamiento del Diploma 1 ALEGRÍA BARBOZA, Lucía Diana Ingeniería Económica21.12.2011 Regístrese, comuníquese y archívese. PABLO ALFONSO LOPEZ CHAU NAVA Rector 2035184-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nula la R.A. N° 115-2021-MDEP, que rechazó el pedido de vacancia presentado en contra de alcalde y regidores de la Municipalidad Distrital de El Prado, provincia de San Miguel, departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN N° 0116-2022-JNE Expediente N° JNE.2022000152 EL PRADO - SAN MIGUEL - CAJAMARCAVACANCIA APELACIÓN Lima, veinticuatro de febrero de dos mil veintidós. VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Adolfo Bardales Rodas (en adelante, señor solicitante), en contra de la Resolución de Alcaldía N.º115-2021-MDEP, que contiene el acta de Sesión Extraordinaria del 12 de noviembre de 2021, que rechazó el pedido de vacancia presentado en contra de don Nilser Domingo Bardales Rodas, alcalde de la Municipalidad Distrital de El Prado, provincia de San Miguel, departamento de Cajamarca (en adelante, señor alcalde), y de los regidores don Roberto Cabanillas Rojas, don Wiliam Alejandro Rojas Gálvez, doña Exilda Romero Villoslada, don Santos Elmer Gálvez Mendoza y don Gilberto Revilla Chugnas (en adelante, señores regidores), por las causas de nepotismo, infracción a las restricciones de contratación y ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, previstas en los numerales 8 y 9 del artículo 22, este último concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica Municipalidades (en adelante, LOM), y en el segundo párrafo del artículo 11 de dicha ley, respectivamente. PRIMERO. ANTECEDENTESSolicitud de vacancia 1.1. Mediante escrito presentado el 5 de noviembre de 2021 ante la municipalidad, el señor solicitante peticionó la vacancia contra el señor alcalde y los señores regidores, por las causas descritas. Para ello, sustentó los siguientes argumentos: a) Respecto a la primera causa, el burgomaestre y los señores regidores contrataron a don Victoriano Bardales Alcántara, padre del señor alcalde (en adelante, don Victoriano), para realizar trabajos de limpieza pública en el distrito de El Prado, a la vista de todos los ciudadanos y autoridades de la indicada circunscripción.b) En cuanto a la segunda causa: el 7 de abril de 2021 se aprobó la fi rma del Convenio de Ejecución de la Actividad Inmediata N° 06-0058-ALII-09, para generar puestos de trabajo a los familiares de los regidores doña Exilda Romero Villoslada (en adelante, doña Exilda), a través de su hermana doña María Tonilla Romero Villoslada (en adelante, doña María), y de don Wiliam Alejandro Rodas Gálvez (en adelante, don Wiliam), por medio de su primo hermano don José Erlin Rodas Gálvez (en adelante, don José). c) Con relación a la tercera causa, el regidor don Santos Elmer Gálvez Mendoza (en adelante, don Santos) fue bene fi ciado con el programa Trabaja Perú, recibiendo doble remuneración. 1.2. Para efectos de acreditar los hechos antes descritos, adjuntó los siguientes documentos: a) Partida de Nacimiento del señor alcalde, para acreditar que es hijo de don Victoriano. b) 5 fotografías del carro de don Victoriano. c) Constancia emitida por el teniente gobernador, en la que a fi rma que don Victoriano y su movilidad han prestado servicios de limpieza pública del distrito de El Prado. d) Constancia del presidente del comité fi scalizador de los intereses de dicho distrito. e) Partida de Nacimiento de doña Exilda. f) Partida de Nacimiento de su hermana doña María. g) Dos planillas de pago de doña María, emitidas por la municipalidad. h) Dos planillas de pago de don José, primo hermano de don Wiliam, emitida por la entidad edil. i) Convenio N° 06-0058-AII-09. j) Acta de sesión extraordinaria del 7 de abril de 2021 de aprobación y ejecución del referido convenio. k) Padrón inicial de participantes del programa Trabaja Perú, donde se aprecia a don Santos. Descargos de las autoridades cuestionadas1.3. El 12 de noviembre de 2021, a través de sesión extraordinaria, el señor alcalde y los señores regidores presentaron sus descargos, argumentando que el señor solicitante no tiene documentos probatorios que acrediten dichas causas, tales como contratos, recibos, órdenes de pago al padre del burgomaestre y familiares de los regidores que supuestamente han contrato. Pronunciamiento del concejo municipal sobre la solicitud de vacancia 1.4. A través del Acta de Sesión Extraordinaria del 12 de noviembre de 2021, se dejó constancia de que el Concejo Distrital de El Prado rechazó la referida solicitud de vacancia. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 9 de diciembre de 2021, el señor solicitante interpuso recurso de apelación en contra de la aludida resolución de alcaldía, reiterando los argumentos expuestos en su petición de vacancia y agregando lo siguiente: a) El señor acalde no niega que su padre haya trabajado con su camioneta en el recojo de basura, pero que lo hizo como una obra social. b) El concejo que dirige el burgomaestre se ha negado a entregar la constancia y copia del contrato y orden de pago de su padre y de los familiares de los señores regidores, transgrediendo la ley de transparencia e información pública. c) Al aprobar el Convenio de Ejecución de la Actividad de Intervención Inmediata N° 06-0058-AII-09, el señor alcalde ha bene fi ciado a su padre y sus primos hermanos don Idelbrando Bardales Rodas, don Wilfredo Bardales Espinoza y don Richard Serrano Bardales. d) El burgomaestre ha contratado a su sobrina doña Roxana Debilu Rodas Gálvez como secretaria. e) Doña María ha laborado en el programa Trabaja Perú; también se ha bene fi ciado a don José y don Herwin