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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2022 (25/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 117

117 NORMAS LEGALES Viernes 25 de marzo de 2022 El Peruano / Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 2051578-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban el Manual Operativo del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”, en su tercera versión RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000046-2022/JNAC/RENIEC Lima, 23 de marzo de 2022VISTOS:El Memorando N° 000064-2022/GG/RENIEC (23FEB2022) emitido por la Gerencia General; el O fi cio N° 044-2022-GG/MCSR/CG (14FEB2022) emitido por el Coordinador General del Proyecto RENIEC-BID; el Memorando N° 000146-2022/GPP/RENIEC (09MAR2022) emitido por la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe N° 000051-2022/GPP/SGP/RENIEC (04MAR2022) emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe N° 000034-2022/GPP/SGRM/RENIEC (09MAR2022) de la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe N° 000462-2022/GAJ/RENIEC (14MAR2022) y las Hoja de Elevación N° 000417-2022/GAJ/RENIEC (14MAR2022) y N° 000442-2022/GAJ/RENIEC (22MAR2022) emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que mediante la Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, entre otras; Que mediante el Decreto Supremo N° 319-2018- EF de fecha 28DIC2018, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinados a fi nanciar el Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”; asimismo, en su artículo 3°, se establece como Unidad Ejecutora del proyecto al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil -RENIEC; Que mediante el Contrato de Préstamo N°4297/OC- PE, suscrito el 06FEB2019, entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, se establecen los términos y condiciones para el otorgamiento del préstamo destinado al fi nanciamiento para la ejecución del proyecto “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”; precisándose en la Cláusula N° 4.02 de las Estipulaciones Especiales, que el Organismo Ejecutor del Proyecto es el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC; Que a través de la Resolución Jefatural N° 00106- 2019/JNAC/RENIEC (22JUL2019), el RENIEC formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 002 (UE002) “Mejora de la Calidad de Servicios Registrales RENIEC”, la cual cuenta con personería jurídica y autonomía técnica, administrativa y fi nanciera; Que a través de la Resolución Jefatural N° 000096- 2020/JNAC/RENIEC (28AGO2020), se aprobó el Manual Operativo del Proyecto MOP, correspondiente al Proyecto de Inversión Pública, “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”, en su segunda versión; Que ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y b) de la cláusula número 4.06, Capítulo IV, del Contrato de Préstamo N°4297/OC-PE, las partes convienen en que la ejecución del Proyecto será llevada a cabo de acuerdo con las disposiciones del contrato y lo establecido en el Manual de Operaciones del Proyecto MOP, describiendo que cualquier tipo de modi fi cación del MOP, será con el consentimiento previo y por escrito del Banco; asimismo, el MOP deberá contener determinados elementos que determinarán su validez; Que en esa línea, de conformidad con los documentos de vistos, el Coordinador General del Proyecto de Inversión Pública RENIEC – BID, comunica al RENIEC que se ha recibido la NO OBJECIÓN del Banco Interamericano de Desarrollo al Manual Operativo del Proyecto - MOP “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”, en su tercera versión; y, en esa línea, requiere se gestione la aprobación del referido Manual Operativo por parte de la Jefatura Nacional del RENIEC; Que por su parte, a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto da cuenta de las opiniones realizadas por la Sub Gerencia de Presupuesto y por la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización a su cargo, las cuales emiten opinión favorable respecto a la actualización del Manual Operativo del Proyecto - MOP “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”; y, Estando a lo opinado favorablemente por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; el Reglamento de Organización y Funciones y la estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 86-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria; y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y su modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 000096-2020/JNAC/RENIEC (28AGO2020), por la cual se aprobó el Manual Operativo del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”, en su segunda versión. Artículo Segundo .- Aprobar el Manual Operativo del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”, en su tercera versión, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento del Coordinador General del Proyecto de Inversión Pública “Mejora de la Calidad de Servicios Registrales RENIEC”, el contenido de la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto .- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Web Institucional del RENIEC (www.reniec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2051501-1