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124 NORMAS LEGALES Viernes 25 de marzo de 2022 El Peruano / Artículo Segundo: ENCARGAR a la Subgerencia de Ecología y Medio Ambiente, la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad distrital de Pachacámac el cumplimiento del reglamento aprobado en virtud del artículo precedente; y, a las demás Unidades Orgánicas competentes, quienes brindarán el apoyo necesario a la citada Subgerencia, para el cumplimiento de las acciones contenidas en el referido reglamento, bajo responsabilidad, según corresponda. Artículo Tercero : El presente Decreto de Alcaldía, entrará en vigencia a los noventa (90) días calendario a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y gestionar la publicación del íntegro del “Reglamento del procedimiento para la atención de denuncias ambientales presentadas ante la Municipalidad Distrital de Pachacámac” en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www. munipachacamac.gob.pe, y, a la Subgerencia de Ecología y Medio Ambiente, su publicación en el Portal del Sistema Metropolitano de Información Ambiental https://smia.munlima.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 2050730-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Ordenanza de sensibilización ciudadana denominada “Tributemos por el desarrollo de nuestro distrito, juntos podemos lograrlo”, que permite actualizar las declaraciones juradas de predios, descuento en arbitrios, multas tributarias y multas administrativas ORDENANZA Nº 330-MVMT Villa María del Triunfo, 14 de marzo de 2022 EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFOPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa María del Triunfo, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Informe Nº 029-2022-SGRFT-GAT/MVMT de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el Memorándum Nº 070-2022-GAT-GM/MVMT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 052-2022-OAJ/MVMT de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 165-2022-GM-MVMT de la Gerencia Municipal, respecto a la aprobación de la ordenanza “Tributemos por el desarrollo de nuestro distrito, juntos podemos lograrlo” que permite actualizar las declaraciones juradas de predios, descuento en arbitrios, multas tributarias y multas administrativas en la Municipalidad de Villa María del Triunfo, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado mediante Ley Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, así como lo establecido en el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, los gobiernos locales tiene la potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como para exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y bajo los límites que señala la ley; Que, el Artículo 60º del Decreto Supremo Nº 156- 2004-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, las municipalidades establecen: a) la creación y modi fi cación de tasas y contribuciones se aprueban por Ordenanza, y b) para la supresión de tasas y contribuciones las municipalidades no tienen ninguna limitación legal; Que, según el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, preceptúa que la deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley. Excepcionalmente, los gobiernos locales, podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, en el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Además, que mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, con el Informe Nº 029-2022-SGRFT-GAT/MVMT, la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, remite el Proyecto de Ordenanza de sensibilización ciudadana denominado “Tributemos por el desarrollo de nuestro distrito, juntos podemos lograrlo” en el distrito de Villa María del Triunfo, para su aprobación, ya que resulta viable para la entidad; asimismo es conveniente para la entidad y para los contribuyentes del distrito que se aprueben bene fi cios temporales y extraordinarios mediante ordenanza; Que, a través del Memorándum Nº 070-2022-GAT-GM/ MVMT, la Gerencia de Administración Tributaria, solicita opinión legal correspondiente al proyecto de Ordenanza “Tributemos por el desarrollo de nuestro distrito, juntos podemos lograrlo”, que tiene como fi nalidad fomentar la cultura tributaria en los vecinos villamarianos otorgando descuentas en los ejercicios fi scales de años anteriores cumpliendo con el pago total del impuesto predial 2022; Que, mediante el Informe Nº 052-2022-OAJ/ MVMT, la O fi cina de Asesoría Jurídica, estando a las opiniones favorables de las áreas intervinientes, opina por la procedencia de la aprobación de la ordenanza “Tributemos por el desarrollo de nuestro distrito, juntos podemos lograrlo” en el distrito de Villa María del Triunfo; Que, con el Memorándum Nº 165-2022-GM-MVMT, la Gerencia Municipal, teniendo en cuenta el pronunciamiento de la O fi cina de Asesoría Jurídica, remite los actuados para la emisión del acto resolutivo correspondiente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA DE SENSIBILIZACIÓN CIUDADANA DENOMINADO “TRIBUTEMOS POR EL DESARROLLO DE NUESTRO DISTRITO, JUNTOS PODEMOS LOGRARLO”, QUE PERMITE ACTUALIZAR LAS DECLARACIONES JURADAS DE PREDIOS, DESCUENTO EN ARBITRIOS, MULTAS TRIBUTARIAS Y MULTAS ADMINISTRATIVAS. DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE PREDIO Artículo Primero.- OBJETO La presente ordenanza tiene por objeto la de sensibilizar a los vecinos villamarianos en el pago