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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2022 (25/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 128

128 Viernes 25 de marzo de 2022 El Peruano / NORMAS LEGALES de derechos de tramitación, siempre que cumplan con los requisitos previstos. Incurre en responsabilidad la autoridad que procede de modo diferente, realizando exigencias a los administrados fuera de estos casos; Que, adicionalmente el numeral 44.1 del artículo 44º de la norma bajo referencia, establece que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo: asimismo, el numeral 44.5 del citado artículo señala que una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Resolución del órgano de dirección o del titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 033-2019-MPC-C, publicada en el diario O fi cial “El Peruano” el día 31 de enero del 2020, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Camaná, conteniendo por ciento setenta (170) procedimientos administrativos con sus respectivos derechos de trámites; asimismo, a través de la Ordenanza Municipal Nº 033-2020-MPC-C, se aprobó modi fi cación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial De Camaná (TUPA) 2020, el mismo que contiene ciento noventa (190) procedimiento administrativos; Que, de acuerdo al Informe Nº 124-2021-GTUyCV- MPC-CAMANA, de fecha 10 de junio del 2021, la Gerencia de Transporte y Circulación Vial, solicita mediante Ordenanza Municipal modi fi car la base legal del Procedimiento Administrativo 6.6 Certi fi cado de Habilitación Vehicular para Vehículos Menores, siendo la Base Legal el Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, el mismo que no estipula ni menciona plazos ni montos a pagar por una Habilitación Vehicular para vehículos menores, pero sí deja la facultad que las Municipalidades puedan mediante normas complementarias regular dicho servicio de transporte; por lo tanto, recomienda que la modi fi cación propuesta verse en cuanto al pago de dicho trámite, sea semestralmente (06 meses), para un mejor control, fi scalización y cumplimiento de las obligaciones del transportador autorizado, como menciona el Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, y quedando los demás requisitos del trámite como están en el TUPA vigente; Que, a través del Informe Nº 104-MPC/GPPR, de fecha 03 de julio del 2021, la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, indica que luego de la revisión del expediente recepcionado, del proyecto de Ordenanza para “Regular el pago del Certi fi cado de Habilitación Vehicular semestralmente de Vehículos Menores (moto taxis)”, puede ser incluido en el TUPA vigente, consecuentemente este mismo será modi fi cado de acuerdo a la normativa vigente;Que, mediante Informe Legal Nº 333-2020-GAJ/MPC, de fecha 09 de julio del 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente la modi fi cación del TUPA 202 de la MPC sobre “Regular el pago de Certi fi cado de Habilitación Vehicular Semestralmente de Vehículos Menores (Moto taxis)”; Que, habiendo emitido las instancias administrativas pertinentes de la Municipalidad Provincial de Camaná, los informes correspondientes donde otorgan conformidad a la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Camaná – TUPA 2020, resulta factible se emita la Ordenanza Municipal correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto de la mayoría de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, se aprobó por MAYORÍA lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANÁ Artículo Primero.- MODIFICAR, la base legal del procedimiento administrativo 6.6 “Certi fi cado de Habilitación Vehicular para Vehículos Menores” del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Camaná, donde indica O.M. Nº 018-2016-MPC-C, debe decir D.S. Nº 055-2010-MTC, permaneciendo la base legal correspondiente a la Ley Nº 27181. Artículo Segundo.- INCORPORAR, en el procedimiento administrativo 6.6 “Certi fi cado de Habilitación Vehicular para Vehículos Menores” del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Camaná, la nota indicando que la vigencia de dicho certi fi cado será semestral. Artículo Tercero.- DEROGAR, la Ordenanza Municipal Nº 021-2021-MPC-C, de fecha 23 de abril del 2021, y toda norma municipal que se oponga a la presente. Artículo Cuarto.- DISPONER, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización y Gerencia de Transportes y Circulación Vial, el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la O fi cina de Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el diario local de mayor circulación; y, a la Sub Gerencia de Informática la publicación integra con sus anexos en la Página web de la municipalidad, conforme a ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCELO ALEJANDRO VALDIVIA BRAVO Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2051099-1 COMUNICADO SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA SE RECIBIRÁN LAS PUBLICACIONES OFICIALES SÓLO EN MODO VIRTUAL COMO SE DETALLA A CONTINUACIÓN: □ HORARIO DE RECEPCIÓN POR CORREO: • LUNES A VIERNES, 8:30 AM a 5:30 PM• SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 8:30 AM a 5:30 PM (sólo publicaciones para día siguiente) □ HORARIO DE RECEPCIÓN PORTAL PGA: • LUNES A VIERNES, 9:00 AM a 7:00 PM• SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 9:00 AM a 6:00 PM (sólo publicaciones para día siguiente) □ CORREO PARA COTIZACIONES : cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe □ CORREO PARA PUBLICACIONES : normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES