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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2022 (25/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Viernes 25 de marzo de 2022 El Peruano / destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad detallada en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con el POA aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma total de QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 97/100 SOLES (S/ 574,352.97), para fi nanciar la Actividad a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2022 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad descrita en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 16.3 del artículo 16° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y a la O fi cina General de Administración para los fi nes correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a gestionar la publicación del presente acto resolutivo en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.RICARDO ANTONIO SOBERON GARRIDO Presidente Ejecutivo ANEXO 01 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” NºENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA ACTIVIDADMONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 01MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NESHUYAMANTENIMIENTO PERIÓDICO DE CAMINOS VECINALES NO PAVIMENTADOS DE 16.7 KM, COMPRENDIDOS DESDE EL KM. 72 DE LA CFB: TRAMO I; CASERÍO MAR DEL PLATA. TRAMO II; CASERÍO MIGUEL GRAU, DISTRITO DE NESHUYA, PROVINCIA PADRE ABAD – UCAYALI.574,352.97 TOTAL 574,352.97 2051763-1INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Designan Presidente del Consejo Regional del Deporte de Lambayeque RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 042-2022-IPD/P Lima, 23 de marzo de 2022.VISTO: Los O fi cios N° 000019-2022-GR.LAMB/GR y N° 000072-2022-GR.LAMB/GR, emitidos por el Gobierno Regional de Lambayeque; el Informe N° 000430-2021-UP/IPD, emitido por la Unidad de Personal; el Informe N° 000047-2022-OCR/IPD, emitido por la O fi cina de Coordinación Regional Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales; el Informe Nº 000136-2022-OAJ/IPD, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional y constituye un organismo público ejecutor que cuenta con autonomía técnica, funcional y administrativa, constituyéndose, además, en un pliego presupuestal; Que, el numeral 1 del artículo 14 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modi fi catorias, establece que los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte son designados por el Presidente del IPD, a propuesta del Presidente (Gobernador) del Gobierno Regional de la jurisdicción; Que, el numeral 13.3. del artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2004-PCM, dispone que el CRD renueva a sus miembros íntegramente cada tres (3) años, pudiendo ser reelegidos o designados, según sea el caso, por un periodo adicional, para lo cual los Gobiernos Regionales de la jurisdicción presentan una terna de candidatos; Que, de acuerdo con el numeral 7.2 de la Directiva N° 071-2018-IPD/OCR, denominada “Evaluación de postulantes, designación y vacancia de los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte. Versión: 1”, aprobada con Resolución de Presidencia N° 038-2018-IPD/P de fecha 02 de marzo de 2018, se establece que sesenta (60) días calendarios antes de culminar el periodo de la designación del Presidente del Consejo Regional del Deporte, el IPD solicitará mediante o fi cio dirigido al Gobierno Regional correspondiente, la rati fi cación del presidente en funciones o caso contrario, la remisión de la terna de postulantes; Que, asimismo, el sub numeral 8.3.1 de la citada Directiva dispone que los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte son designados por el Presidente del IPD, previo informe del Comité de Evaluación conformado para dicho fi n; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 037-2019-IPD/P, de fecha 28 de febrero de 2019, la Presidencia del IPD resolvió designar a la señorita Karina del Rosario Puelles Roque, en el cargo de Presidenta del Consejo Regional del Deporte de Lambayeque (CRD Lambayeque), desde el 01 de marzo de 2019 hasta el 01 de marzo de 2022; Que, posteriormente, mediante Resolución de Presidencia N° 031-2022-IPD/P, de fecha 28 de febrero de 2022, la Presidencia del IPD resolvió designar temporalmente, a partir del 02 de marzo de 2022, en el cargo de Presidente del CRD Lambayeque, al servidor Sammy Sergio Madrid Diaz, en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular en el cargo; Que, mediante O fi cios N° 000019-2022-GR.LAMB/GR y N° 000072-2022-GR.LAMB/GR, de fecha 19 de enero y 23 de febrero de 2022, respectivamente, el Gobierno Regional de Lambayeque remite a la Presidencia del IPD la terna de postulantes al cargo de Presidente del CRD, así como la documentación sustentatoria correspondiente, a fi n de proceder con su respectiva evaluación y posterior designación;