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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2022 (30/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de marzo de 2022 El Peruano / turísticos) y conocer la percepción del destino, nuevas tendencias del mercado, competencia, comportamiento del consumidor fi nal, así como estrategias de venta del destino Perú; previamente, el día 04 de abril del presente año, los representantes de PROMPERÚ han previsto realizar reuniones de coordinación con el personal de la OCEX Sao Paulo, así como acciones previas necesarias para la óptima presentación y cumplimiento de los objetivos de la participación en dicha feria; Que, es de importancia institucional la participación en la referida feria, por constituir una oportunidad ideal para realizar negocios entre los expositores peruanos y las delegaciones de tour operadores provenientes de todo Brasil; además de fortalecer las relaciones comerciales con las empresas turísticas brasileñas que comercializan nuestro destino; Que, por tal razón, la Presidenta Ejecutiva de PROMPERÚ ha solicitado se autorice el viaje en comisión de servicios de la señora Rosa Olinda Béjar Jiménez, Directora de Promoción de Turismo y del señor Luis Alejandro Alvarez Dal Pont, quien labora en la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, para que en representación de PROMPERÚ, participen en la referida feria, con el objetivo de promover al Perú como un destino con productos turísticos seguros, contribuyendo además con la articulación del sector; Que, la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a los recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, de la señora Rosa Olinda Béjar Jiménez, del 04 al 08 de abril de 2022, y del señor Luis Alejandro Alvarez Dal Pont, del 03 al 08 de abril de 2022, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones previas y durante el desarrollo del evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución, que permitan promover al Perú como un destino con productos turísticos seguros. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidosPasajes aéreos Clase Económica US $Zona Geográ fi caViáticos día US $Nro. días TotalViáticos US $ Rosa Olinda Béjar Jiménez1 275,41América del Sur 370,00 3 1 110,00 Luis Alejandro Alvarez Dal Pont1 624,71América del Sur370,00 41 480,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará al Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2053148-1 DEFENSA Aprueban actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial – CONIDA AGENCIA ESPACIAL DEL PERU - CONIDA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 014-2022-JEINS-CONIDA Lima, 11 de marzo del 2022VISTO:El Informe N°00001-2022-CONIDA/JEINS/DIEST, el Informe Técnico Económico/CONIDA/DIEST N° 001-2022 y sus anexos de fecha 17 de enero del 2021, el Informe N° 00005-2022-CONIDA/GG/OFAJU de fecha 16 de febrero del 2022, el Informe N° 00002-2022-CONIDA/GG/OPP de fecha 16 de febrero del 2022, el Informe N°00002-2022-CONIDA/JEINS/DIEST de fecha 25 de febrero del 2022, el Informe Técnico Económico/CONIDA/DIEST N° 002-2022 y sus anexos de fecha 23 de febrero del 2022 y el Informe N° 00003-2022-CONIDA/GG/OPP de fecha 01 de marzo del 2022. CONSIDERANDO: Que, el artículo 7 del Decreto Ley Nº 20643 – Ley de Creación de CONIDA, establece que: “La información técnica y servicios que proporcione a personas naturales o jurídicas, sean éstas públicas, privadas o internacionales, estará sujeta a tarifas aprobadas por el Poder Ejecutivo, teniendo en cuenta los gastos de instalación y mantenimiento, así como los de operación, actualización y renovación de equipos e instalaciones y los convenios y compromisos celebrados por la Comisión”; Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS establece que: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N°1134 que aprueba la Ley de Organización y funciones del Ministerio de Defensa, de fi ne al Ministerio de Defensa como un organismo del Poder Ejecutivo; que el numeral 3) del artículo 19 del Decreto Legislativo N° 1134 establece que la Comisión Nacional de Desarrollo e Investigación Espacial -CONIDA, es un órgano adscrito al Ministerio de Defensa como institución pública con fi nes pací fi cos, otorgándole el estatus de Agencia Espacial del Perú; Que, mediante la Resolución Jefatural N° 039-2021-JEINS-CONIDA del 26 de abril del 2021 se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial – CONIDA, en lo que respecta a servicios académicos virtuales; Que, mediante Informe Técnico Económico/CONIDA/ DIEST N° 001-2022 y sus anexos, y el Informe N° 00001-2022-CONIDA/JEINS/DIEST de fecha 17 de enero del 2022, el Director de Estudios Espaciales remite el sustento técnico para la actualización del Texto Único de