TEXTO PAGINA: 11
11 NORMAS LEGALES Domingo 1 de mayo de 2022 El Peruano / Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Felicísimo Rómulo Antúnez Antúnez, en el cargo de Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Hugo Fernando Obando Concha, en el cargo de Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR ZEA CHOQUECHAMBI Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2063154-4 Designan Presidente Ejecutivo de Sierra y Selva Exportadora RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2022- MIDAGRI Lima, 30 de abril de 2022VISTOS:El Informe N° 0078-2022-MIDAGRI-SG/OGGRH, de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos; y, el Informe Nº 517-2022-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 011-2018-MINAGRI, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 09 de agosto de 2018, se designó al señor José Gerardo Nestor Ezeta Carpio, en el cargo de Presidente Ejecutivo del Organismo Público Ejecutor Sierra y Selva Exportadora, cargo al cual ha formulado renuncia, la misma que es necesario aceptar, y designar al profesional que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Secretario General; del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor José Gerardo Nestor Ezeta Carpio, en el cargo de Presidente Ejecutivo del Organismo Público Ejecutor Sierra y Selva Exportadora, dándosele las gracias por los servicios prestados.Artículo 2.- Designar al señor Carlos Wilson Talavera Flores, en el cargo de Presidente Ejecutivo de Sierra y Selva Exportadora, Organismo Público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR ZEA CHOQUECHAMBI Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2063154-5 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Conceden la gracia presidencial de indulto común a interno sentenciado, recluido en el Establecimiento Penitenciario de Chiclayo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 083-2022-JUS Lima, 30 de abril de 2022VISTO, el Informe N° 0014-2022-JUS/CGP-PE, del 27 de abril de 2022, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales; CONSIDERANDO: Que, el señor FLORES AMUÑO, CRISTIAN, es un interno recluido en el Establecimiento Penitenciario de Chiclayo; Que, los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú facultan al Presidente de la República a dictar resoluciones, conceder indultos, conmutar penas y ejercer el derecho de gracia; Que, el indulto común es un tipo de gracia presidencial en virtud de la cual se renuncia al ejercicio del poder punitivo del Estado respecto de los condenados, implica el perdón de la pena impuesta por la autoridad judicial; Que, conforme el artículo 44 de la Constitución Política del Perú, son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud ha cali fi cado al brote del COVID-19 como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 11 de marzo de 2020, el Estado declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19. Posteriormente, mediante Decreto Supremo N° 003-2022-SA, del 22 de enero de 2022, se prorroga la emergencia sanitaria nacional por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario a partir del 2 de marzo de 2022; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 27 de febrero de 2022, se declara el Estado de Emergencia Nacional, por el plazo de treinta y dos (32) días calendario; asimismo, este plazo fue prorrogado por el Decreto Supremo N° 030-2022-PCM, por el plazo de treinta (30) días calendario, a partir del 1 de abril de 2022. Adicionalmente, teniendo en cuenta estas especiales circunstancias, el Poder Ejecutivo ha emitido y viene emitiendo diversas normas, destinadas a coadyuvar con la atención de la Emergencia Sanitaria y el Estado de Emergencia Nacional; Que, en atención al contexto nacional e internacional, se emitió el Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, publicado