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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2022 (21/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Sábado 21 de mayo de 2022 El Peruano / COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban el Plan de Gobierno Digital 2022- 2024 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 144-2022-MINCETUR Lima, 19 de mayo de 2022Visto, el Acta de Reunión N° 03-2022 del Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Memorándum N° 242-2022-MINCETUR/SG/OGI/OI, de la O fi cina de Informática y el Memorándum N° 430-2022-MINCETUR/SG/OGPPD, de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO : Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, se establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno; Que, por Decreto Supremo N° 118-2018-PCM, se declara de interés nacional las estrategias, acciones, actividades e iniciativas para el desarrollo del gobierno digital, la innovación y la economía digital en el Perú con enfoque territorial; Que, mediante Resolución Ministerial N° 117-2019-MINCETUR se constituye el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, conforme a lo indicado por la Resolución Ministerial Nº 087-2019-PCM, que aprueba las disposiciones sobre la conformación y funciones del Comité de Gobierno Digital; Que, la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital Nº 005-2018-PCM-SEGDI, que aprueba los “Lineamientos para la formulación del Plan de Gobierno Digital”, establece en los artículos 2 y 3 que el Plan de Gobierno Digital es de alcance obligatorio para todas las entidades de la Administración Pública y que el mismo se constituye como el único instrumento para la gestión y plani fi cación del Gobierno Digital de la Administración Pública, y es aprobado por el titular de la entidad para un período mínimo de tres (3) años, debiendo ser actualizado y evaluado anualmente; Que, mediante el Acta de Reunión N° 03-2022, de fecha 9 de mayo de 2022, el Comité de Gobierno Digital aprueba la propuesta del Plan de Gobierno Digital 2022-2024 del MINCETUR; Que, conforme a los documentos del Visto, mediante Informe N° 0007-2022-MINCETUR/SG/OGI/OI-ERA de la O fi cina de Informática y el Memorándum N° 430-2022-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo emiten opinion favorable para la aprobacion de la propuesta de Plan de Gobierno Digital 2022-2024 del MINCETUR para su formalización, propuesto por el Comité de Gobierno Digital; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto resolutivo mediante el cual se apruebe el Plan de Gobierno Digital 2022-2024 del del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica el Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modi fi catorias; y la Resolución Ministerial N° 117-2019-MINCETUR, que constituye el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar el Plan de Gobierno Digital 2022-2024 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución Ministerial a la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI), de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su anexo se publique en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2069501-1 CUL TURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a dos unidades bibliográficas (1858-1867) de la producción académica de Manuel Atanasio Fuentes Delgado, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000119-2022-VMPCIC/MC San Borja, 18 de mayo del 2022VISTOS; el O fi cio N° 000172-2022-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación Nº 000256-2022-OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y los restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias de fi ne como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano-material o inmaterial- que por su importancia, valor y signi fi cado arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, cientí fi co, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la norma citada, señala que es de interés social y de necesidad pública la identi fi cación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la precitada ley, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y