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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2022 (28/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Sábado 28 de mayo de 2022 El Peruano / del Sistema Informático de Noti fi cación de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales – SAT; y, ii) Manual de usuario interno del Sistema Informático de Noti fi cación de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales – SAT; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo Nº 019-2019-TR, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Resolución Ministerial Nº 285-2019-TR, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, la Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1. Objeto Apruébanse los documentos denominados: i) Manual de usuario externo del Sistema Informático de Noti fi cación de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales – SAT; y, ii) Manual de usuario interno del Sistema Informático de Noti fi cación de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales – SAT, los mismos que, como Anexos, forman partes integrantes de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Publicación Publícase la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 2071841-1 Renuevan acreditación y acreditan a representantes titulares y alternos de la CONFIEP y la CGTP ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2022-TR Lima, 27 de mayo de 2022VISTOS: La Carta S/N de fecha 07 de marzo de 2022 de la Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP; la Carta CONFIEP VPE 084/22 del 12 de mayo de 2022, recti fi cada mediante Carta CONFIEP VPE 098/22 del 26 de mayo de 2022, de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP; la Hoja de Elevación Nº 010-2022-MTPE/1/27 de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; y el Informe Nº 0430-2022-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 10 de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, modi fi cada por la Ley Nº 30222, se crea el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, como instancia máxima de concertación en materia de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza tripartita y adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, que está integrado entre otros, por cuatro representantes de los gremios de empleadores a propuesta de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP) y por cuatro representantes de las centrales sindicales a propuesta de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), la Central Unitaria de Trabajadores del Perú (CUT), la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP) y la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP); Que, el citado artículo dispone que la acreditación de la designación de los representantes de los gremios de la CONFIEP y de las centrales sindicales es efectuada mediante resolución ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a propuesta de las referidas organizaciones, siendo el plazo de la designación por dos años, pudiendo ser renovable; Que, el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 320-2016-TR y modi fi cado por Resolución Ministerial Nº 298-2020-TR, establece en el artículo 22 que cada representante podrá acreditar un miembro alterno; Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 098-2020-TR de fecha 25 de mayo de 2020, se renovó la acreditación de los señores RAUL MIGUEL NIÑO CORONADO, FELIPE ALBERTO RUIZ HUIDOBRO GILES, y de la señora CECILIA ADRIANA BIENVENIDA ROSARIO ROSELL GRIJALBA, como representantes titulares; y, la acreditación de la señora ANGELICA MARIA RISCO ROBALINO, como representante alterna de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; Que, con el artículo 5 de la Resolución Ministerial Nº 098-2020-TR, se acreditó a la señora GRETA PAMELA MONGE DEL VALLE como representante alterna de la Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; Que, mediante el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 098-2020-TR, se renovó la acreditación del señor DOMINGO ANTONIO CABRERA TORO como representante titular de la Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; Que, a través del artículo 6 de la Resolución Ministerial Nº 098-2020-TR, se acreditó al señor JHON IRENE GONZALES CRUZ como representante alterno de la Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; Que, a través de la Carta S/N del 07 de marzo de 2022, la Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP rati fi ca como representante titular al señor DOMINGO ANTONIO CABRERA TORO y al señor JHON IRENE GONZALES CRUZ como su representante alterno, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; Que, mediante Carta CONFIEP VPE 084/22 del 12 de mayo de 2022, recti fi cada mediante Carta CONFIEP VPE 098/22 del 26 de mayo de 2022, la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP rati fi ca a los señores RAUL MIGUEL NIÑO CORONADO, FELIPE ALBERTO RUIZ HUIDOBRO GILES, y a la señora CECILIA ADRIANA BIENVENIDA ROSARIO ROSELL GRIJALBA, como representantes titulares; y, a las señoras GRETA PAMELA MONGE DEL VALLE y ANGELICA MARIA RISCO ROBALINO, como representantes alternas de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; asimismo, propone acreditar al señor EDWIN CÓRDOVA PÉREZ como representante alterno de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;