Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2022 (29/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 142

TEXTO PAGINA: 141

141 NORMAS LEGALES Domingo 29 de mayo de 2022 El Peruano / Coactiva, mediante los cuales se eleva la propuesta para la emisión de un Decreto de Alcaldía que nuevamente se amplíe el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza N° 424/MDLM, contando para ello con el Memorándum Nº 1085-2022-MDLM-GPPDI, de fecha 26 de mayo del 2022, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, y; CONSIDERANDO:Que, mediante el Memorando N° 189-2022-MDLM-GAT- SREC, de fecha 26 de mayo del 2022, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, se señala que, se viene obteniendo una respuesta positiva con el bene fi cio tributario otorgado mediante la Ordenanza N° 424/MDLM, por lo que es importante seguir impulsando el pago voluntario de los vecinos, y dada la proximidad del plazo de vencimiento de la prórroga aprobada mediante Decreto de Alcaldía N° 002-2022/MDLM, se remite la información para se evalúe la posibilidad de nuevamente prorrogar el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza precitada; Que, mediante el Memorándum N° 1085-2022-MDLM- GPPDI, de fecha 26 de mayo del 2022, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, emite opinión favorable respecto a la propuesta normativa de ampliación de prorroga del plazo establecido en la Ordenanza Nº 424/MDLM, ello en virtud a la información remitida por la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, a través de su Informe Nº 114-2022-MDLM-GAT-SRFT, de fecha 26 de mayo del 2022; Que, mediante el Informe Nº 115-2022-MDLM-GAT- SRFT, de fecha 27 de mayo del 2022, la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, señala entre otros, que a la fecha vienen obteniendo una respuesta positiva con el acogimiento de los contribuyentes al Bene fi cio Tributario otorgado en la Ordenanza N° 424/MDLM, y con la fi nalidad de seguir impulsando el pago voluntario de los vecinos, y estando próximo el plazo de vencimiento de la prórroga de la citada Ordenanza, aprobado mediante el Decreto de Alcaldía N° 002-2022/MDLM, se propone prorrogar nuevamente el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza N° 424/MDLM, con una nueva prorroga hasta el 30 de junio del 2022; Que, mediante el Memorando N° 3613-2022-MDLM-GAF, de fecha 27 de mayo del 2022, la Gerencia de Administración y Finanzas, emite opinión favorable respecto a la propuesta normativa de nuevamente prorrogar el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza Nº 424/MDLM, considerando que no afectará el fi nanciamiento de las funciones, operatividad y servicios que presta la entidad; Que, mediante el Informe Nº 018-2022-MDLM-GAT, de fecha 27 de mayo del 2022, la Gerencia de Administración Tributaria, remite los documentos antes mencionados señalando que, se encuentra conforme con el proyecto de Decreto de Alcaldía que nuevamente prorrogaría el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza N° 424/MDLM, hasta el 30 de junio del 2022, por lo que remite el mismo a la Gerencia Municipal para la evaluación respectiva; Que, mediante el Memorando N° 794-2022-MDLM- GM, de fecha 27 de mayo del 2022, la Gerencia Municipal remite a la Secretaría General la propuesta para la emisión del Decreto de Alcaldía que nuevamente amplíe el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza N° 424/MDLM;Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº 30305, establece que, las municipalidades gozan de potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas y derecho municipales, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; asimismo, en el artículo 42° de la norma citada, se señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal; Que, en la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza N° 424/MDLM, se facultó al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como modi fi car el plazo establecido en el artículo sexto, antes de su vencimiento, ello previo informe sustentatorio de la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, sobre la viabilidad presupuestal y fi nanciera de ampliación del otorgamiento del bene fi cio tributario de condonación; Estando a los considerandos precedentes, en los que se evidencia que resultaría necesario ampliar nuevamente la prórroga del plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza N° 424/MDLM, y se tiene la facultad legal correspondiente, en ejercicio de las facultades conferidas en la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza antes mencionada, en uso de las facultades señaladas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 30 de junio del 2022, el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza N° 424/MDLM, que fuera prorrogado mediante el Decreto de Alcaldía N° 002-2022/MDLM. Artículo Segundo.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y sus Subgerencias ejecutoras, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Tecnologías de Información, el cumplimiento y debida aplicación del presente Decreto de Alcaldía, así como la adecuada difusión del mismo. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación inmediata del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Tecnologías de Información en la Página Web de la Municipalidad www.munimolina.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALVARO GONZALO PAZ DE LA BARRA FREIGEIRO Alcalde 2071971-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR