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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Jueves 3 de noviembre de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Certi fi car a las veintisiete (27) personas jurídicas acreedoras de la Licencia de Uso de la Marca de Certi fi cación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer” reconocidas en la V Edición de la Marca de Certi fi cación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”, conforme se detalla en el anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Las personas jurídicas reconocidas en la V Edición de la Marca de Certi fi cación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer” obtienen una Licencia de Uso, la cual es intransferible y es otorgada por un periodo de dos (2) años, a partir de la vigencia de la presente Resolución, la cual concluye luego del vencimiento del plazo o, en caso de revocatoria. La aplicación de la Licencia de Uso se rige de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento que regula la obtención, uso y funcionamiento de la Licencia de Uso de la Marca de Certi fi cación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer” Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CLAUDIA DAVILA MOSCOSO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2121174-1 PRODUCE Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de diversas Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas) que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y en Acuicultura, derivados de los Concursos PNIPA 2018-2019 y 2020-2021 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1025-2022-PRODUCE-PNIPA-DE Lima, 28 de octubre de 2022VISTO:El Informe N° 000000050-2022-PNIPA/ DO de la Dirección de Operaciones, Informe N° 000000141-2022-PNIPA/UPP, de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto y Sistemas, el Informe N° 00000031-2022-PNIPA/UIP, Informe N° 00000069-2022-PNIPA/UIA de la Unidad de Innovación en Pesca y Unidad de Innovación en Acuicultura y el Informe N° 000001102-2022-PRODUCE-PNIPA/UAL de la Unidad de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 396-2016- EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de la Reconstrucción y Fomento (BIRF/Banco Mundial), por USD 40 millones, destinada a fi nanciar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura (PNIPA); Que, la República del Perú y el BIRF/Banco Mundial, con fecha 13 de marzo de 2017, fi rmaron el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, por USD 40 millones, destinada a fi nanciar parcialmente el PNIPA; Que, el Ministerio de la Producción, emitió la Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, a través de la cual, crea la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, en el Pliego 038: Ministerio de la Producción que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG-19-2014-SNIP; que el citado programa tiene como uno de los ejes principales de la intervención, a la movilización de recursos concursables para fi nanciar subproyectos de I&D+I, a través de las convocatorias periódicas con alcance nacional, en las que podrán participar empresas, asociaciones de productores, universidades, centros de investigación y otros agentes que se organicen a través de alianzas estratégicas para presentar propuestas de subproyectos de innovación en Pesca y Acuicultura; Que, mediante Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE de fecha 24 de julio de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura; Que, de acuerdo con lo previsto en el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, con relación especí fi camente al fi nanciamiento de subproyectos con los recursos asignados al PNIPA, en el Apéndice 2, Sección I, literal B “Subproyectos”, se establece entre otros que: “Para llevar a cabo las Partes 1 y 2 del Proyecto, el Prestatario deberá, a través de PRODUCE: (a) Después de haber seleccionado un Subproyecto de acuerdo con las directrices y procedimientos establecidos en el Manual Operativo, poner a disposición del Bene fi ciario pertinente una parte de los fondos del Préstamo (los Fondos del Subproyecto) de conformidad con un Acuerdo (“Acuerdo de Subproyecto”) a celebrarse entre el Prestatario, a través de PRODUCE, y dicho Bene fi ciario, bajo los términos y condiciones aprobados por el Banco e incluidos en el Manual de Operaciones. (…)” Que, el artículo 69 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022 autoriza al Ministerio de la Producción para efectuar transferencias fi nancieras y otorgar subvenciones en el marco del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura (PNIPA), para efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y a otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios defi nidos en el marco del procedimientos del PNIPA y de las normas que regulan los fondos que estos administran, y con cargo a su presupuesto, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo, y del emprendimiento y del sistema de innovación. Asimismo, se autoriza que las transferencias fi nancieras y las subvenciones mencionadas a las que se re fi ere se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de contrato de recursos no reembolsables, y requiriéndose el informe favorable previo de la o fi cina de presupuesto. Dicha facultad para la aprobación de las subvenciones a que se re fi ere la presente disposición, referidas al ámbito del mencionado Programa, podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa; Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial N° 460-2021-PRODUCE, de fecha 31 de diciembre de 2021, entre otros, se delegó en la Dirección Ejecutiva del PNIPA la facultad para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, conforme a lo establecido en artículo 69 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022; Que, mediante el Informe N° 00000069-2022-PNIPA/ UIA de las Unidades de Innovación en Acuicultura (UIA) y Unidad de Innovación en Pesca (UIP) solicitó la validación de disponibilidad presupuestal para la atención de treinta y cuatro (34) solicitudes de desembolso por el monto total de S/ 1,024,855.82; Que, mediante Informe N° 00000031-2022-PNIPA/UIP remitido por las Unidades de Innovación en Pesca (UIP) y Unidad de Innovación en Acuicultura (UIA) se solicitó la atención de veintidós (22) solicitudes de desembolso por un monto de S/ 913,815.21 desagregado en dieciséis (16) subproyectos del PIP Acuicultura por S/ 428,712.21 y seis (06) subproyectos del PIP Pesca por S/ 485,103.00; Que, a través del Informe N° 00000141-2022-PNIPA/ UPP, emitido por la Unidad de Plani fi cación,