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7 NORMAS LEGALES Viernes 18 de noviembre de 2022 El Peruano / PODER EJECUTIVO AMBIENTE Aprueban el Código de Ética y Conducta del Ministerio del Ambiente - MINAM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 243-2022-MINAM Lima, 16 de noviembre de 2022VISTOS; el Memorando N° 00016-2022-MINAM/ SG/OII de la O fi cina de Integridad Institucional; el Informe Nº 01570-2022-MINAM/SG/OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; el Memorando N° 00970-2022-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00093-2022-MINAM/SG/OGPP/OM de la O fi cina de Modernización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00540-2022-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013, se crea al Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, mediante Resolución Ministerial N° 073-2021-MINAM, se aprueba el “Código de Ética y Conducta del Ministerio del Ambiente - MINAM”; Que, de acuerdo al artículo 58 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MINAM, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, establece que la O fi cina de Integridad Institucional es la unidad orgánica de apoyo dependiente de la Secretaría General, responsable de ejercer la función de integridad en la entidad. Encargada de la ejecución, coordinación y supervisión de la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción en el Ministerio y el Sector Ambiental, así como de la gestión de las denuncias sobre presuntos actos de corrupción; Que, a través del Informe N° 00016-2022-MINAM/ SG/OII, la O fi cina de Integridad Institucional sustenta la necesidad de aprobar la modi fi cación del Código de Ética y Conducta del Ministerio del Ambiente, a fi n de regular el reconocimiento al personal por su contribución a la observancia de valores y las normas que promueven la integridad dentro de la entidad, en el marco del cumplimiento de la función pública, para dar cumplimiento al modelo de integridad vigente y constituir un aliciente para los/las funcionarios/as y servidores/as públicos del MINAM; Que, con Informe N° 01570-2022-MINAM/SG/OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos brinda su conformidad a la propuesta de modi fi cación promovida, en atención a que dicho proyecto no contraviene las acciones que ejecuta la citada O fi cina; asimismo, informa que la actividad de reconocimiento planteada en dicho proyecto incluye algunas acciones que requerirán el pronunciamiento de la citada O fi cina General, las mismas que se encuentran dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante el Memorando N° 00970-2022-MINAM/ SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite y hace suyo el Informe N° 00093-2022-MINAM/SG/OGPP/OM de la O fi cina de Modernización, a través del cual se emite opinión favorable sobre la propuesta normativa en mención; Con el visado de Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por la Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Código de Ética y Conducta del Ministerio del Ambiente - MINAM, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto el Código de Ética y Conducta del Ministerio del Ambiente - MINAM”, aprobado por Resolución Ministerial N° 073-2021-MINAM. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Ambiente (http://www.gob.pe/minam), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CLAUDIA LILIANA DÁVILA MOSCOSO Ministra de la Mujer y Poblaciones VulnerablesEncargada del Despacho del Ministerio del Ambiente 2125992-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 244-2022-MINAM Lima, 16 de noviembre de 2022VISTOS; el Memorando N° 00459-2022-MINAM/ VMGA/GICA/CG, del Coordinador General de la Unidad Ejecutora 003: Gestión Integral de la Calidad Ambiental; el Memorando N° 01021-2022-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00321-2022-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0546-2022-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 239-2021-MINAM de fecha 23 de diciembre de 2021, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, por un monto de S/ 253 069 054,00 (Doscientos Cincuenta y Tres Millones Sesenta y Nueve Mil Cincuenta y Cuatro y 00/100 Soles) por toda fuente fi nanciamiento, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, el artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, cuyos montos superen los S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 0/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y local, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego