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10 NORMAS LEGALES Viernes 18 de noviembre de 2022 El Peruano / Artículo 4.- El O fi cial Almirante comisionado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL HUGO BARRAGÁN COLOMA Ministro de Defensa 2125633-1 Autorizan viaje de personal militar FAP a Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1522-2022-DE Lima, 16 de noviembre de 2022VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 001903-2022-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; y, el Informe Legal N° 01883-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Orden de Prestación de Servicios RES 6-2022-GRUP3/FAP del 11 de octubre de 2022, suscrito entre el Grupo Aéreo Nº 3 de la Fuerza Aérea del Perú y la Empresa GLOBAL AEROTRAINING & SUPPLY LLC., se establecen las obligaciones para el “SERVICIO DE ENTRENAMIENTO RECURRENTE PARA TRIPULACIONES DE BO-105LS, EM-A7 GRUP3, (PP032)”; Que, a través de la Carta 144/2022 del 11 de octubre de 2022, el Director de Proyectos de la empresa GLOBAL AEROTRAINING & SUPPLY LLC. hace extensiva la invitación al Comandante del Grupo Aéreo N° 3 de la Fuerza Aérea del Perú para que tres (3) pilotos de helicóptero designados por la Institución Armada participen en el “SERVICIO DE ENTRENAMIENTO RECURRENTE PARA TRIPULACIONES DE BO-105LS, EM-A7 GRUP3, (PP032)”, a realizarse en el Centro de Entrenamiento de la mencionada empresa, ubicada en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 21 al 27 de noviembre de 2022; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 011-2022, el Asesor Legal del Grupo Aéreo Nº 3 de la Fuerza Aérea del Perú opina que es legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el viaje al exterior del personal militar FAP, para que participen en el “SERVICIO DE ENTRENAMIENTO RECURRENTE PARA TRIPULACIONES DE BO-105LS, EM-A7 GRUP3, (PP032)”, en el lugar y fechas programadas; Que, por medio del O fi cio FAP Nº 001353-2022-COMOP- COA7/FAP, el Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada la documentación que sustenta la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que realizará la referida actividad, en el lugar y fechas programadas; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos anexada al O fi cio Nº 001353-2022-COMOP-COA7/FAP, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar FAP, para participar en el “SERVICIO DE ENTRENAMIENTO RECURRENTE PARA TRIPULACIONES DE BO-105LS, EM-A7 GRUP3, (PP032)”, por cuanto les permitirá incrementar y mejorar los estándares del entrenamiento de las tripulaciones aéreas de la mencionada aeronave; así como, la actualización en la práctica de los procedimientos correspondientes en las diferentes fases de vuelo con alto grado de e fi ciencia y seguridad, lo cual redundará en bene fi cio de la Fuerza Aérea del Perú. Asimismo, se señala que los pilotos propuestos han sido seleccionados en función a su experiencia y en base a su desempeño en las diferentes Zonas de Operación, por ser tripulantes que constantemente realizan operaciones aéreas en esta aeronave, hecho que hace imperativo mantener su nivel de entrenamiento con la fi nalidad de incrementar la seguridad operacional en las actividades aéreas que realiza la Institución Armada; Que, de acuerdo a la Hoja de Gastos Nº 0102 DGVC- ME/SIAF-SP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se autoriza los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, tarifa única por uso de aeropuertos de ida, vuelta y viáticos en comisión de servicio en el extranjero, con cargo al Presupuesto Institucional (RO-VRAEM) del Año Fiscal 2022 de la Fuerza Aérea del Perú, conforme al artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; Que, mediante el Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 0000002189, emitida por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del O fi cio Extra FAP N° 001903-2022-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú remite un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el viaje, en misión de estudios, del personal militar FAP para participar en el “SERVICIO DE ENTRENAMIENTO RECURRENTE PARA TRIPULACIONES DE BO-105LS, EM-A7 GRUP3, (PP032)”, a realizarse en el Centro de Entrenamiento de la Empresa GLOBAL AEROTRAINING & SUPPLY LLC., ubicado en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 21 al 27 de noviembre de 2022; así como autorizar su salida del país el 20 de noviembre y su retorno el 28 de noviembre de 2022; Que, mediante el Informe Legal N° 01883-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP para participar en el “SERVICIO DE ENTRENAMIENTO RECURRENTE PARA TRIPULACIONES DE BO-105LS, EM-A7 GRUP3, (PP032)”, a realizarse en el Centro de Entrenamiento de la Empresa GLOBAL AEROTRAINING & SUPPLY LLC., ubicado en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Secretaría General; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del siguiente personal militar FAP, para