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15 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de octubre de 2022 El Peruano / de las diferentes áreas del aeródromo, así como la preservación de las evidencias en el lugar de accidente e investigación, lo cual coadyuvará al fortalecimiento de sus capacidades, destrezas y habilidades para el desempeño de sus labores en la institución policial; Que, en ese sentido, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y vuelta) y viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora 018: Dirección de Aviación Policial - DIRAVPOL, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en el Informe Nº 095-2022-COMASGEN CO PNP/DIRAVPOL-DIVSEAER y las Certificaciones de Crédito Presupuestario Notas Nº 0000000225 y Nº 0000000226; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Misión de Estudios (…)” ; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)” ; Que, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)” ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento” ; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)” ; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Alfredo Fernando Magñi La Rosa y del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Jaime Óscar Paitán Cadillo, del 15 al 22 de octubre de 2022, a la ciudad de Brasilia de la República Federativa de Brasil; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Alfredo Fernando Magñi La Rosa y del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Jaime Óscar Paitán Cadillo, del 15 al 22 de octubre de 2022, a la ciudad de Brasilia de la República Federativa de Brasil, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 018: Dirección de Aviación Policial - DIRAVPOL, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Moneda Importe Días Personas Total Pasajes US$ 1 327,37 2 2 654,74 Viáticos US$ 370,00 6 2 4 440,00 Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILLY ARTURO HUERTA OLIVAS Ministro del Interior 2114541-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban el Trigésimo Tercer Listado de Beneficiarios civiles, militares y policiales del Programa de Reparaciones Económicas (PRE) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0311-2022-JUS Lima, 11 de octubre de 2022VISTOS, el Memorándum N° 626-2022-JUS/ CMAN-SE, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional – CMAN; el Informe N° 391-2022-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 877-2022-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y;