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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (04/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Domingo 4 de setiembre de 2022 El Peruano / línea que través del Memorando N° 00328-2022-MINAM/ VMGA/DGCA remite el Informe N° 00063-2022-MINAM/VMGA/DGCA/DCAE de la Dirección de Calidad Ambiental y Ecoe fi ciencia, el cual señala que la referida fi cha de homologación incorpora criterios ambientalmente sostenibles, practicas ecoe fi cientes, especialmente en ahorro de energía, agua y residuos sólidos, y utilización de productos de limpieza que sean más amigables con el ambiente; lo que contribuirá al cumplimiento del principio de sostenibilidad ambiental que se establece en la Ley de Contrataciones del Estado, encontrándose, además, en concordancia con la Constitución Política del Perú, la Ley General del Ambiente, la Política Nacional del Ambiente, la Ley General de Gestión de Residuos Sólidos; y enmarcándose en las competencias atribuidas al MINAM y el cumplimiento de las regulaciones establecidas del país sobre la promoción de prácticas de adquisición públicas sostenibles; Que, a través del O fi cio N° 00209-2022-MINAM/SG, se solicita a PERÚ COMPRAS opinión respecto de la viabilidad del Proyecto de Ficha de Homologación sobre “Servicio de limpieza de o fi cinas”; Que, mediante el O fi cio N° 000390-2022-PERÚ COMPRAS-JEFATURA, PERÚ COMPRAS comunica que en atención al Informe N° 000126-2022-PERÚ COMPRAS-DES de la Dirección de Estandarización y Sistematización, en el que veri fi ca: i) la competencia de la Entidad para formular políticas nacionales y/o sectoriales, ii) la existencia de oferta en el mercado y iii) que el proyecto de Ficha de Homologación cumple con los lineamientos y requisitos establecidos para su formulación; se emite opinión favorable sobre el proyecto de Ficha de Homologación, conforme al detalle siguiente: Ítem Código CUBSO Proyecto de Ficha de Homologación 1 7611150100390420 Servicio de Limpieza de O fi cinas Que, en atención a ello, mediante Informe N° 00004-2022-MINAM/SG/OGA/ETHM, la Coordinadora del Equipo de Homologación del Ministerio del Ambiente sustenta y propone la aprobación de una (1) Ficha de Homologación sobre “Servicio de limpieza de o fi cinas”, que cuentan con la opinión favorable de la Central de Compras Públicas PERÚ COMPRAS; lo cual es presentado por la O fi cina General de Administración con Memorando Nº 01091-2022-MINAM/SG/OGA; Que, a través del Informe N° 00412-2022-MINAM/ SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina de manera favorable sobre la propuesta de aprobación de una (1) Ficha de Homologación sobre “Servicio de limpieza de o fi cinas”, en el marco de las normas antes mencionadas; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Calidad Ambiental, de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Jefatural N° 069-2020-PERU COMPRAS, que aprueba la Directiva N° 006-2020-PERU COMPRAS denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de Ficha de Homologación Aprobar una (1) Ficha de Homologación sobre “Servicio de limpieza de o fi cinas” la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme al siguiente detalle: Ítem Código CUBSO Proyecto de Ficha de Homologación 1 7611150100390420 Servicio de limpieza de o fi cinasArtículo 2.- Remisión de Resolución aprobatoria y Fichas de Homologación Disponer que la Secretaría General remita a la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas de PERÚ COMPRAS, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, la presente Resolución Ministerial y la Ficha de Homologación de “Servicio de limpieza de o fi cinas” aprobada en el artículo 1 que antecede, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicadas en el portal institucional de dicha Entidad. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILBERT GABRIEL ROZAS BELTRÁN Ministro del Ambiente 2101993-1 Disponen la publicación de la “Matriz de Objetivos Prioritarios, Indicadores, Lineamientos y Servicios para el proceso de actualización de la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático con visión al 2050” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 171-2022-MINAM Lima, 2 de setiembre de 2022VISTOS; el Informe N° 00174-2022-MINAM/ VMDERN/DGCCD de la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación; el Memorando N° 00770-2022-MINAM/VMDERN, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° 00413-2022-MINAM/SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, establece que el Ministerio del Ambiente es la autoridad nacional en materia de cambio climático y la autoridad técnico-normativa a nivel nacional en dicha materia en el marco de sus competencias; Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley N° 30754 establece que el Ministerio del Ambiente es responsable de coordinar, articular, dirigir, diseñar, implementar, monitorear, evaluar y rediseñar las políticas públicas de alcance nacional en materia de cambio climático que se vinculen con sus competencias sectoriales, así como las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional, en concordancia con los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático; Que, de acuerdo con el artículo 21 del Reglamento de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM, la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático es elaborada y actualizada por la autoridad nacional en materia de cambio climático, en coordinación con la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático y las autoridades competentes, desarrollando sus objetivos a través de medidas, metas, indicadores y responsables, de conformidad con la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2015-MINAM, se aprueba la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático como el instrumento que orienta y promueve las acciones nacionales referentes al cambio climático, suministrando los lineamientos necesarios para que los sectores, regiones e instituciones públicas en general la implementen a través de sus planes de acción;