NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (12/09/2022)
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TEXTO PAGINA: 35
35 NORMAS LEGALES Lunes 12 de setiembre de 2022 El Peruano / serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, mediante el O fi cio Nº 078-2022-SGeII-MDPN, el señor secretario general comunicó al JNE que la señora regidora solicitó licencia sin goce de haber, desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidata en las ERM 2022. 2.2. Dicha solicitud fue concedida por los miembros del concejo municipal conforme al Acuerdo de Concejo Nº 026-2022/CMDPN, por un período de treinta días naturales, con e fi cacia a partir del 2 de setiembre de 2022. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de licencia con motivo de participar como candidato en las ERM 2022 deberá abarcar desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de las elecciones, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.2.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Punta Negra y estando a lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.), resulta procedente convocar a doña Fiorella Cristina Mercado Joo, identi fi cada con documento nacional de identidad (DNI) Nº 47472562, candidata no proclamada de la lista electoral de la organización política El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidora del referido concejo distrital. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Punta Negra, provincia y departamento de Lima, del 30 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Sur 1, con motivo de las ERM 2018. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse, según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a doña Olga Ángela Orbegoso Cavero, regidora del Concejo Distrital de Punta Negra, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a doña Fiorella Cristina Mercado Joo, identi fi cada con DNI Nº 47472562, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Punta Negra, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2104345-1 Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Punta Negra, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 2916-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022020559 PUNTA NEGRA - LIMA - LIMALICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintidós de agosto de dos mil veintidósVISTO: el O fi cio Nº 080-2022-SGeII-MDPN, presentado el 23 de junio de 2022, por don Juan Carlos Moreno Villalva, secretario general de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, provincia y departamento de Lima (en adelante, señor secretario general), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Marcelino Isidro Peralta Ramos, regidor de la referida comuna (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). ANTECEDENTES 1.1. A través del o fi cio citado en el visto, el señor secretario general informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor regidor, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2022, a fi n de que se convoque a su respectivo reemplazo. 1.2. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo N° 028-2022/CMDPN del 10 de junio de 2022, con el que se formalizó la decisión de otorgar licencia sin goce de haber al señor regidor. 1.3. De la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) se visualizó la solicitud de licencia presentada, el 30 de mayo de 2022, por el señor regidor ante el Concejo Distrital de Punta Negra. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, los trabajadores y funcionarios de los Poderes