NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (12/09/2022)
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27 NORMAS LEGALES Lunes 12 de setiembre de 2022 El Peruano / 2.6. No obstante, se aprecia que la decisión municipal se encuentra consentida, pues no se impugnó en el plazo legal, conforme se advierte de la Resolución de Concejo N° 141-2022-MDC/A, del 12 de julio de 2022. 2.7. En consecuencia, habiéndose veri fi cado que el pronunciamiento del Concejo Distrital de Catache se encuentra conforme a ley, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada al señor regidor y proceder acorde al numeral 2 del artículo 24 de la LOM (ver SN 1.5.). 2.8. Así, de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 30 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chota 2, se debe convocar a don Hugo Iván Collantes Cruzado, identi fi cado con DNI N° 45897245, candidato no proclamado de la organización política Cajamarca Siempre Verde 3, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Catache, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo, por el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo faculta como tal (ver SN 1.2.). 2.9. Se precisa que la noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don José Joel Lozano Rojas, regidor del Concejo Distrital de Catache, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca, emitida con motivo del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a don Hugo Iván Collantes Cruzado, identi fi cado con DNI N° 45897245, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Catache, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019- 2022, para lo cual se le entregará la credencial que lo faculta como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado mediante Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 2 https://cej.jne.gob.pe/Autoridades. 3 Al haberse convocado a todos los candidatos de la organización política Alianza para el Progreso, corresponde convocar a los candidatos no proclamados de la organización política, conforme al cómputo de los resultados obtenidos en el mencionado proceso electoral. 2104338-1Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Víctor Larco Herrera, Provincia de Trujillo, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN N° 2901-2022-JNE Expediente N° JNE.2022020543 VICTOR LARCO HERRERA- TRUJILLO - LA LIBERTADLICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiuno de agosto de dos mil veintidósVISTOS: Los O fi cios N° 79-2022-SG-MDVLH y 101-2022-SG-MDVLH, presentados el 23 de junio de 2022 y el 22 de julio de 2022, respectivamente por don Victor Alvarado Rodriguez, secretario general de la Municipalidad Distrital de Victor Larco Herrera, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad (en adelante, señor recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Paolo Cesar Cueva Chavez, regidor de la citada comuna (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Con el O fi cio N° 79-2022-SG-MDVLH, el señor recurrente informó de la licencia sin goce de haber presentada por el señor regidor, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Municipal N° 13-2022-MDVLH, del 22 de junio de 2022, mediante el cual el Concejo Distrital de Victor Larco Herrera, por unanimidad, aprobó la licencia sin goce de haber solicitada, para su participación en las ERM 2022, desde el 2 de setiembre al 2 de octubre del mismo año. 1.2. Por O fi cio N° 08251-2022-SG/JNE, del 8 de julio de 2022, la Secretaría General de este órgano electoral solicitó que el señor recurrente remita el Acta de la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Distrital de Victor Larco Herrera, del 21 de junio del año en curso. 1.3. A través del O fi cio N° 101-2022-SG-MDVLH, el señor recurrente remitió la documentación requerida. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales (en adelante, LER) 1.2. El literal c del numeral 4 del artículo 14 prescribe que están impedidos de ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de elecciones, los regidores que deseen postular al cargo de presidente (gobernador), vicepresidente (vicegobernador) o consejero regional. En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.3. El artículo 24 determina que en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, y a los regidores lo reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.