NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (15/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 180
TEXTO PAGINA: 45
45 NORMAS LEGALES Jueves 15 de setiembre de 2022 El Peruano / administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación [resaltado agregado]. […]. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, mediante el O fi cio Nº 152-2022-ALC/MDM, el señor alcalde comunicó al JNE que, el 2 de junio de 2022, el señor regidor solicitó su licencia sin goce de haber por treinta (30) días calendario, a partir del 2 de setiembre del presente año, debido a su intención de participar como candidato en las ERM 2022. 2.2. Dicha solicitud fue concedida por los miembros del Concejo Distrital de Morococha en la Sesión Ordinaria del 13 de junio de 2022, conforme al Acuerdo de Concejo Nº 020-2022-ALC/MDM, del 14 de junio de 2022, a partir del 2 de setiembre al 2 de octubre del presente año. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de los plazos legales establecidos por la LEM (ver SN 1.2.) y en la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de licencia debe abarcar desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días calendario antes de la fecha de las elecciones. 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Morococha y de acuerdo con lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.), corresponde que este órgano electoral convoque don David Julián Antonio Acuña, identi fi cado con DNI Nº 44782440, candidato no proclamado de la organización política Caminemos Juntos por Junín, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Morococha, dado que los candidatos no proclamados que le preceden en su lista se encuentran con candidaturas inscritas para las EMR 2022. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales del distrito de Morococha, provincia de Yauli, departamento de Junín, del 12 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Tarma, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Roberto Cornelio Flores, regidor del Concejo Distrital de Morococha, provincia de Yauli, departamento de Junín, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don David Julián Antonio Acuña, identi fi cado con DNI Nº 44782440, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Morococha, provincia de Yauli, departamento de Junín, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano . 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2105273-1 Convocan a ciudadanos para que asuman provisionalmente los cargos de alcalde de la Municipalidad Distrital de Carabamba y regidora del Concejo Distrital de Carabamba, provincia de Julcán, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 3123-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022031703 CARABAMBA – JULCÁN – LA LIBERTADLICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veinticinco de agosto de dos mil veintidós VISTA: la Carta Nº 055-2022-MDC/GM, presentada el 5 de julio de 2022 por don Ronnie Rengifo Ríos, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Carabamba, provincia de Julcán, departamento de La Libertad (en adelante, señor gerente municipal), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Jaime Yubi Carranza Lucas, alcalde de la citada comuna (en adelante, señor alcalde), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). ANTECEDENTES 1.1. A través de la carta del visto, el señor gerente municipal informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor alcalde, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2022, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó la solicitud de licencia presentada por el señor alcalde el 6 de junio de 2022 y el Acuerdo de Concejo Nº 025-2022-MDC del 8 de junio de 2022, con el que se formalizó la decisión de otorgar licencia sin goce de haber al citado burgomaestre. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación. En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones