NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (15/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 180
TEXTO PAGINA: 31
31 NORMAS LEGALES Jueves 15 de setiembre de 2022 El Peruano / Modernización de la Gestión; el Memorándum Nº 000189- 2022-AGN/SG-OPP, de fecha 7 de setiembre de 2022, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000367-2022-AGN/SG-OAJ, de fecha 13 de setiembre de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDOQue, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 013-90-JUS, mediante el cual se aprueba el TUO del Decreto Legislativo Nº 120, Ley Orgánica del Archivo General de la Nación, en adelante el AGN; la Ley Nº 25323, Ley que crea el Sistema Nacional de Archivos; y la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el AGN es la institución pública descentralizada de carácter multisectorial, con autonomía técnica y administrativa, adscrito al Ministerio de Cultura, que se encarga de proponer la política nacional en materia archivística, así como supervisar y evaluar su cumplimiento en la administración pública a nivel nacional; Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de resolución de su titular, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2013- MC se aprueba el TUPA del AGN, el cual adjunta su tarifario de los servicios no exclusivos. Al respecto, con la Resolución Ministerial Nº 000055-2021-DM/MC se dispone la eliminación de ocho servicios prestados en exclusividad contenidos en el referido TUPA institucional; Que, mediante el Informe Nº 0000020-AGN/SG- OPP-AMG, trasladado con el Memorándum Nº 000189-2022-AGN/SG-OPP, el Área de Modernización de la Gestión de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto informa que, habiendo fi nalizado el proceso de costeo de los servicios no prestados en exclusividad, con la participación de los órganos que brindan dichos servicios, resulta necesario la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE que comprende el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad en las sedes del AGN; Que con el Informe Nº 000367-2022-AGN/SG-OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina a favor de la propuesta presentada por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto sobre la aprobación del TUSNE del AGN que comprende el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad, por contar el procedimiento con sustento técnico y legal, este último de conformidad al numeral 43.4 del artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Admirativo General; Con los visados de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 25323 que crea el Sistema Nacional de Archivos; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único de Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Decreto Supremo Nº 005-2018-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; SE RESUELVEArtículo 1.- Aprobar el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE que comprende el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad en las sedes del Archivo General de la Nación, conforme a los anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el portal institucional del Archivo General de Nación (www.agn.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”.Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO ARTURO MOREAU HEREDIA Jefe Institucional 2105658-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Designan Asesor de la Alta Dirección del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI RESOLUCIÓN JEFATURAL N° D000121-2022-INDECI-JEF INDECI San Isidro, 13 de septiembre del 2022 VISTO: El Informe Técnico N° D 000100-2022-INDECI- RRHH de fecha 13 de septiembre de 2022 de la Ofi cina de Recursos Humanos, el Memorándum N° D 003199-2022-INDECI-OGA de fecha 13 de septiembre de 2022; sus antecedentes y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29664 se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos y preparación y atención ante situaciones de desastres; mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, de conformidad con la citada Ley, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, y el Decreto Supremo N° 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, señala que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza se efectuará mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, por Resolución Jefatural N° 104-2017-INDECI de fecha 12 de junio de 2017, se cali fi caron los cargos de con fi anza en el INDECI, encontrándose en dicha califi cación el cargo de Asesor de la Alta Dirección del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor de la Alta Dirección del INDECI, por lo que resulta pertinente designar al profesional que lo desempeñe; Con las visaciones del Secretario General y del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, y en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2013-PCM y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Harold Félix Lucho Avendaño en el cargo de Asesor de la Alta Dirección del