NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (17/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 212
TEXTO PAGINA: 9
9 NORMAS LEGALES Sábado 17 de setiembre de 2022 El Peruano / Artículo 5.- Designación de representantes Los/as titulares de las entidades que integran el Grupo de Trabajo designan a los/as representantes titular y alterno/a, según corresponda, mediante comunicación escrita, dirigida a la Secretaría Técnica, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Secretaría TécnicaLa Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien asume la responsabilidad administrativa y coordinaciones operativas para el funcionamiento del Grupo de Trabajo; siendo responsable de llevar el registro de los acuerdos y toda la documentación que se genere. Artículo 7.- Participación de otras entidades públicas o privadas El Grupo de Trabajo, previo acuerdo de sus integrantes, puede invitar a representantes de entidades públicas, privadas y organismos internacionales, para que ilustre a los/as integrantes del Grupo de Trabajo en un tema específico. Artículo 8.- Información, colaboración, asesoramiento y apoyo de profesionales El Grupo de Trabajo, a través de su Secretaría Técnica, puede solicitar información, colaboración, asesoramiento y apoyo relacionado con su objeto, de representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional; así como del gobierno regional y gobiernos locales que se encuentren en el ámbito de intervención. Artículo 9.- FinanciamientoEl funcionamiento del Grupo de Trabajo se financia con cargo al presupuesto institucional de cada uno de los pliegos que conforman el Grupo de Trabajo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 10.- InstalaciónEl Grupo de Trabajo se instala en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 11.- Período de vigenciaEl Grupo de Trabajo tiene un periodo de vigencia de ciento veinte (120) días calendario, contado a partir del día siguiente de su instalación. Artículo 12.- PublicaciónDisponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2106397-1 Autorizan viaje de Comitiva Oficial del Despacho Presidencial que acompañará al señor Presidente de la República a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 256-2022-PCM Lima, 16 de septiembre de 2022 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor JOSE PEDRO CASTILLO TERRONES, ha sido autorizado para salir del territorio nacional del 18 al 22 de setiembre de 2022, a fin de participar en diversas actividades en el marco de la Semana de alto nivel del 77° período de sesiones de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, entre ellas, la Cumbre sobre la Transformación de la Educación, el 19 de septiembre, el Debate General de alto nivel, con su participación prevista el día 20 de septiembre, así como en reuniones con sus homólogos de la región y el mundo, además de una entrevista con el Secretario General de la ONU, a realizarse entre el 19 y 21 de setiembre, y en un encuentro con altos ejecutivos y líderes vinculados al Perú; Que, la participación del Perú en la Asamblea General de las Naciones Unidas constituye una importante oportunidad para promover y defender los intereses nacionales inscritos dentro de los objetivos de desarrollo sostenible, derechos humanos, paz y seguridad, cooperación, entre otros de la Política Exterior; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0546-2022- RE, se oficializa la delegación que acompañará al señor Presidente de la República, señor José Pedro Castillo Terrones, en las actividades, en el marco de la Semana de alto nivel del 77° Periodo de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas que se realizará en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 18 al 22 de setiembre de 2022; Que, conforme a lo previsto en los artículos 41 y 42 del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo N° 077-2016-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 037-2017-PCM, la Secretaría de Actividades del Despacho Presidencial remite el Informe N° 000083-2022-DP/SA, en el cual se señala la composición de la comitiva oficial del Despacho Presidencial que acompañará al señor Presidente de la República al citado país; y, se precisa que deberá desplazarse del 18 al 22 de setiembre de 2022, partiendo y retornando en vuelo de apoyo; Que, mediante el Memorando N° 000722-2022-DP/ OGA, la Oficina General de Administración del Despacho Presidencial remite el Informe N° 000255-2022-DP/OGA-OCF de la Oficina de Contabilidad y Finanzas, así como el Informe N° 000962-2022-DP/OGA-OA de la Oficina de Abastecimiento, en los cuales se detalla el cálculo de los gastos por concepto de viáticos de los comisionados del Despacho Presidencial que acompañarán al señor Presidente de la República, de conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modificatorias; y, en la Resolución de Subsecretaría General N° 020-2018-DP/SSG, que aprueba la Directiva N° 004-2018-DP/SSG “Lineamientos para la solicitud, uso y rendición de viáticos otorgados por viaje en comisión de servicios al interior y exterior del país del Despacho Presidencial”; Que, en ese sentido, siendo de interés nacional el mencionado evento, corresponde autorizar el viaje de los miembros de la Comitiva Oficial del Despacho Presidencial que acompañará al señor Presidente de la República durante su viaje a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América del 18 al 22 de setiembre de 2022; Que, el segundo párrafo del numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; Que, el cuarto párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajan en representación del Poder Ejecutivo irrogando gastos al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y las referidas normas reglamentarias; Que, los gastos por concepto viáticos que se deriven de la participación en el mencionado evento