NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (25/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 54
TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Domingo 25 de setiembre de 2022 El Peruano / serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación [resaltado agregado]. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que con el O fi cio Nº 034-2022-MDLJ-SG, recibido el 8 de setiembre del presente año, la señora secretaria general comunicó al JNE la autorización de licencia sin goce de haber del señor alcalde, la que debe efectivizarse desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidato en las ERM 2022. 2.2. Dicha solicitud de licencia sin goce de haber fue concedida por los miembros del Concejo Distrital de La Joya y formalizada en el Acuerdo de Concejo Nº 78-2022-MDLJ, del 1 de setiembre del año en curso, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.4.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días antes de la fecha de elecciones. 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del referido concejo distrital, y en atención a lo establecido en la LOM (ver SN 1.2.) y en la Resolución Nº 0919-2021-JNE (ver SN 1.5.), resulta procedente convocar a don René Antonio Huañahui Quintanilla, identi fi cado con DNI Nº 41762576, primer regidor del ya indicado concejo, para que asuma temporalmente el cargo de alcalde de la misma municipalidad. Asimismo, con la fi nalidad de completar el número de regidores y mantener la representación distrital, se convoca a doña Miriam Estefanía Rosado Cosi, identi fi cada con DNI Nº 47067797, candidata no proclamada de su propia lista electoral, para que asuma temporalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de La Joya. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, del 19 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 5. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.) Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don Gilmar Henry Luna Boyer, alcalde de la Municipalidad Distrital de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don René Antonio Huañahui Quintanilla, identi fi cado con DNI Nº 41762576, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a doña Miriam Estefanía Rosado Cosi, identi fi cada con DNI Nº 47067797, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano . 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 5 En: <https://cej.jne.gob.pe/Autoridades>. 2109135-1 Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Ocongate, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco RESOLUCIÓN Nº 3838-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022098098 OCONGATE - QUISPICANCHI - CUSCO LICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, catorce de setiembre de dos mil veintidós VISTO : el O fi cio Nº 0389-2022-A-MDO/Q/C, recibido el 8 de setiembre de 2022, mediante el cual doña Raquel Puchana Usnayo, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Ocongate, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco (en adelante, señora recurrente), comunicó la licencia concedida a don Grimaldo Quispe Qquenaya, alcalde de dicha comuna (en adelante, señor alcalde), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Con el o fi cio del visto, la señora recurrente informó del acuerdo de concejo que autoriza la solicitud de licencia sin goce de haber, presentada por el señor alcalde, a fi n de participar en las ERM 2022, con la fi nalidad de emitir la credencial del primer regidor para que asuma, temporalmente, el cargo de alcalde. Para tal efecto, adjuntó los siguientes documentos: a. Solicitud de licencia sin goce de haber, presentada el 6 de junio de 2022, por el señor alcalde. b. Informe Nº 723-2022-JSPP/ORRHH/MDO/Q, del 31 de agosto de 2022, mediante el cual la O fi cina de Recursos Humanos de la referida comuna municipal opinó procedente la solicitud de licencia sin goce de haber, presentada por el señor alcalde.